El conductor interceptado en Moraña con cocaína en pleno en confinamiento evita ingresar en la cárcel

Alfredo López Penide
L. Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

MORAÑA

GUARDIA CIVIL

Se le denunció administrativamente por saltarse la restricción, tener la ITV caducada y portar un cuchillo y un hacha en el coche

23 sep 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El 11 de abril del año pasado, en el marco de los controles establecidos por la Guardia Civil para verificar el cumplimiento del confinamiento derivado del estado de alarma por la pandemia del coronavirus, un vecino de Moraña de 48 años fue interceptado por agentes de este cuerpo y de la Policía Local de Cuntis cuando circulaba en un Citroën Xantia por la PO-221, a la altura del kilómetro 8, en el término municipal de Moraña. En su momento, desde la Comandancia de Pontevedra precisaron que «la actitud nerviosa del conductor y la falta de incoherencia en sus respuestas para tratar de justificar el motivo de su desplazamiento propició el registro del turismo».

Pare entonces, y según consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, uno de los agentes del instituto armado se percató de la presencia de una riñonera en el asiento del copiloto «de la que sobresalían numerosos billetes». En concreto, se trataba de 725 euros repartidos en siete billetes de 50 euros, once de 20, otros tantos de 10 y media docena de 5, además de quince euros en monedas.

En paralelo, y ante el estado de nerviosismo del acusado, el agente le requirió para que se bajase del vehículo procediendo a su identificación «localizando en el bolsillo derecho de su cazadora una cartera que contenía veintisiete bolsitas con una sustancia que resultó ser 6,682 gramos de cocaína (de una pureza del 79,44% y con valor en el mercado de 713,34 euros) y 5,858 gramos de cocaína (de una pureza de 79,21 % y un valor en mercado de 623,57 euros».

Esta sustancia intervenida, según concluyen los magistrados tras el acuerdo de conformidad por el que el encausado reconoció los hechos imputados por la Fiscalía, «iba a ser destinada por el acusado para su distribución a terceras personas». En todo caso, matizan que el propio encausado «es consumidor habitual de las mismas, de forma que son utilizadas para sufragar su propio consumo y adicción», por lo que le imponen año y medio de prisión y el pago de una multa de dos mil euros.

La misma resolución establece que el procesado, «con antecedentes penales no computables», no tendrá que pisar la cárcel. Y es que en la sentencia, que es firme, acoge la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta durante tres años. Se trata de una medida «condicionada a que el penado no vuelva a delinquir en el plazo indicado y se continúe el tratamiento de deshabituación del consumo de drogas hasta su finalización».

Además, se incide en que esta suspensión quedará revocada en el momento en el que el encausado sea condenado por un delito o si deja el tratamiento de deshabituación de las drogas.

Con un cuchillo y un hacha

Por otro lado, se da la circunstancia de que, además de comunicarle el inicio de las diligencias que dieron pie a este procedimiento judicial, el acusado «fue denunciado por vía administrativa, no solo por quebrantar la orden de confinamiento, sino también por tener caducada la ITV del vehículo desde el mes de agosto del año 2019 y llevar, además, un cuchillo y un hacha en el coche sin causas justificadas».