Un juzgado pontevedrés investiga un posible caso de bullying inmobiliario

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

MARÍN

CAPOTILLO

Encausada una pareja por unas supuestas coacciones a su único inquilino

06 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Desde hace varios meses, el Juzgado de Instrucción número uno de Pontevedra mantiene abierta una investigación para esclarecer un posible caso de lo que se ha venido en llamar bullying inmobiliario. Por lo pronto, la titular de este juzgado, como la Audiencia Provincial han descartado archivar la causa, así como han desestimado que los hechos bajo investigación carezcan, por el momento, de relevancia penal.

Las acciones se dirigen contra una pareja, a la que se les achaca «haber comenzado a realizar obras de remodelación del inmueble de su propiedad en el año 2013 con el fin de causar las mayores molestias posibles al único inquilino que habita en el mismo». Su intención, «obligarle a abandonar el mismo».

Por lo pronto, y según se desprende del auto al que ha tenido acceso La Voz, tanto la Fiscalía de Pontevedra, como la acusación particular ya han formulado un escrito de acusación. En todo caso, la Audiencia deja claro que su decisión de que el procedimiento judicial continúe su tramitación «no supone una declaración firme de culpabilidad».

Eso sí, se recuerda que el sobreseimiento solo cabe «cuando las diligencias practicadas evidencien de forma objetiva y clara, sin necesidad de interpretaciones subjetivas, la inexistencia de los hechos objeto de la investigación o la atipicidad de los que se demuestren existentes», pero también cuando «no aparezca suficientemente justificada su perpetración, debiendo, en consecuencia, carecer dichos hechos extrínsecamente de apariencia delictiva». De igual modo, se insiste en que será durante la vista oral cuando las defensas podrán reclamar la realización de una serie de diligencias de prueba.

La pareja, en todo caso, se enfrenta a una posible acusación por coacciones. La legislación española acogió, por primera vez, la realidad del acoso inmobiliario en la reforma del Código Penal que entró en vigor en el 2010.

Delito vigente desde el 2010

De este modo, en el artículo relativo al delito de coacciones -está castigado con una pena de prisión de entre seis meses y tres años o, alternativamente, el pago de una multa- se introdujo que «también se impondrán las penas en su mitad superior cuando la coacción ejercida tuviera por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda». Según reflejaba la disposición publicada en el Boletín Oficial del Estado que recogía la modificación del Código Penal, se buscó responder a «la proliferación, durante la última década, de conductas acosadoras en la esfera de la vivienda».

Durante el 2017 se ejecutó un desahució cada tres días

A lo largo del pasado año, en Pontevedra se ejecutaron un total de 120 desahucios, la mayor cifra desde el 2013, según se desprende de los datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial. La mayor parte de estos lanzamientos, concretamente 95, fueron consecuencia de la aplicación de la legislación relativa a los arrendamientos urbanos, mientras que los veinticinco casos restantes derivaron de ejecuciones hipotecarias.

Esta misma proporción, en todo caso, es la que se ha venido manteniendo de manera, más o menos, continua desde hace cinco años. En el 2013 fueron un centenar los desahucios registrados en la ciudad del Lérez, de los que 75 se ampararon en la normativa de arrendamientos urbanos.

El CGPJ refiere que los juzgados de Caldas tramitaron un total de veintisiete lanzamientos en el 2017, de los que veinticuatro, curiosamente, fueron en el marco de procesos hipotecarios. En Marín, fueron cuarenta y ocho los desahucios tramitados.