El plan de urbanismo de Marín resiste el grueso de los recursos vecinales contra su vigencia

MARÍN

RAMON LEIRO

El Concello ganó 8 recursos, perdió dos y está pendiente de dos

27 dic 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Marín tardó 34 años en gestarse y se aprobó hace tres, pero todo parece indicar que no le ocurrirá como a Vigo y que la Justicia avalará su vigencia frente a los recursos de particulares y empresas. Dos recientes sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han fallado a favor del Concello contra las peticiones de vecinos que reclamaban que se ampliasen varios núcleos rurales. Ambas resoluciones son susceptibles de recurso, pero aún en el hipotético caso de que se revocasen, no alterarían la vigencia del plan al abordar puntos muy concretos en ámbitos de núcleo rural definidos. En principio, el concejal delegado de Urbanismo, el popular Manuel Santos, entiende que ninguno de los recursos interpuestos, ni los susceptibles de revisión, ni los pendientes de fallo, modificarán de forma sustancial el planeamiento, una situación que, si se produjese, dejaría a Marín con las normas subsidiarias de 1978, completamente obsoletas.

El balance del resultado de los recursos del plan es el siguiente. Se interpusieron diez, seis de particulares fueron sentenciados en contra por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, otros dos fueron aceptados y dos siguen pendientes del dictamen definitivo. Los dos que tuvo que acatar el Concello los pusieron empresas de telecomunicaciones, insatisfechas con la ordenanza municipal sobre la ubicación de las antenas de telefonía móvil. En este caso el gobierno local no podía hacer nada.

El alto tribunal gallego resolvió en contra de la decisión del Ayuntamiento porque un cambio en la legislación estatal dejó fuera de lugar la normativa aprobada por el ejecutivo marinense. La revisión del PXOM se hizo con rapidez, porque la sentencia no anuló el plan, solo forzó el cambio de varios artículos de la ordenanza de telecomunicaciones, en aplicación a la Ley superior.

Los dos recursos vecinales cuya sentencia se conoció estos días se refieren a la ampliación del núcleo de Ameal, en la parroquia de O Campo, así como del lugar de A Cantera para su inclusión en el núcleo rural de Pardavila. El alto tribunal gallego se opuso a las dos peticiones, alegando que no cumplía los requisitos legales exigibles para su incorporación a un núcleo rural. También negó este derecho a la iglesia y al cementerio de O Campo, afirmando esta decisión en la «naturaleza y destino de aquellas construcciones». En uno de estos recursos también se planteaba que Marín previese en suelo rústico de protección ordinaria un espacio para refugio de animales abandonados. El TSXG desestimó esta petición también en base a que la Ley, si bien fuerza a los Concellos a la atención de los animales abandonados, no obliga a que se ubiquen esas instalaciones en una parcela con la clasificación de suelo solicitada.

Santos añadió que, en la actualidad, quedan pendientes dos recursos por resolver. Uno es de la plataforma Defende o Monte Pituco, que se opone a la ubicación de un polígono industrial en este entorno de San Xulián. El otro lo interpuso la Compañía de Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, por el desarrollo urbanístico previsto en el PXOM en la manzana delimitada por las calles de Roda y Estrada.