La Audiencia de Pontevedra rechaza revisar la pena al violador de una mujer en Tomiño

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

CAPOTILLO

Los magistrados sostienen que «resulta que la misma pena, con las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su momento, puede ser impuesta tras la reforma» de la ley del «solo sí es sí»

02 feb 2023 . Actualizado a las 16:09 h.

A través de un nuevo auto judicial conocido este jueves, la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rechazado revisar la condena de once años de cárcel impuesta a un vecino de Tomiño, según confirmaron desde el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. En este caso, en la madrugada del 8 de septiembre de 2018, el acusado había simulado ser una vecina de la víctima para lograr acceder a su vivienda, donde la violó y agredió.

A la hora de imponer la condena, la sala de la Audiencia de Pontevedra tuvo en cuenta la agravante de uso de disfraz, dado que el condenado llevaba su rostro cubierto, al tiempo que lo consideró responsable de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con un delito de agresión sexual en su modalidad de violación y con un delito de lesiones.

A la hora de rechazar revisar la pena impuesta en su día, el tribunal explica en el auto, contra el que cabe presentar recurso, que esta persona, tras la entrada en vigor de la LO 10/22 o ley del «solo sí es sí», presentó un escrito interesando su revisión al entender que la nueva normativa le resultaba más favorable. Sin embargo, la Audiencia decreta que no procede acceder a la revisión interesada porque «resulta que la misma pena, con las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su momento, puede ser impuesta tras la reforma operada por la LO 10/22».