Pierde de forma definitiva el carné tras causar ebrio un accidente con dos heridos en Pontevedra, darse a la fuga y ser localizado en La Luna

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Imagen de archivo de un coche patrulla de la Policía Local de Pontevedra
Imagen de archivo de un coche patrulla de la Policía Local de Pontevedra CAPOTILLO

El acusado reconoció ante el juez que bebió alcohol antes del siniestro y que posteriormente solo ingirió Coca-Cola

16 jun 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia de Pontevedra acaba de ratificar, aunque rebaja ligeramente el importe de la multa, la condenada a un conductor que a finales del 2019 causó un accidente bajo los efectos del alcohol que dejó dos personas heridas. De este modo, se considera autor, por un lado, de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas en concurso con dos delitos de lesiones imprudentes por el le imponen el pago de una multa de 2.166 euros, así como dos años, seis meses y un día de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotor, pena que «supón a perda definitiva do permiso de conducir».

Por otro, se le condena a seis meses de prisión y privación del derecho a conducir durante un año por un segundo cargo penal de abandono del lugar del accidente. En este caso, se establece «a suspensión da execución da pena de prisión por un período de dous anos condicionada a que non delinca nese tempo».

De este modo, se establece que, sobre las ocho de la tarde del 23 de noviembre del 2019, el acusado, «tras consumir bebidas alcohólicas que minguaban as súas facultades de atención e reflexos», circulaba al volante de un Seat Ibiza por la calle Alexandre Bóveda de Pontevedra cuando se vio implicado en un accidente de circulación. Los tribunales han venido estimando que, «por mor de tal consumo previo, non se decatou de que o coche que o precedía se detivera nun paso de peóns e colidiu contra el».

En la sentencia se recoge que, como consecuencia del impacto, los dos ocupantes del primero de los coches, una pareja, «tiveron lesións que, en ambos os casos, precisaron para a curación de tratamento de fisioterapia».

Se da la circunstancia de que, nada más producirse el choque, el ahora condenado se apeó del Seat Ibiza y se acercó a hablar con el conductor del otro vehículo. Ya entonces le comentó que la mujer que lo acompañaba estaba lesionada, al tiempo que hablaron de retirar los turismos de la calzada para no entorpecer el tránsito del resto de usuarios de esta carretera de Pontevedra.

Fue entonces cuando el acusado se volvió a su coche marchándose del lugar del accidente «desentendéndose dos feitos» y siendo consciente de que, al menos, una de las personas que ocupaban el otro automóvil estaba lesionada.

No guardaba el equilibrio

Como consecuencia de lo ocurrido, la Policía Local estableció un operativo para localizar al conductor huido, de tal modo que, posteriormente, agentes municipales hallaron al sospechoso en la discoteca La Luna. Allí mismo le requirieron para que soplase, dando un positivo de 0,63 miligramos de alcohol por litro de aire en las dos pruebas, al tiempo que «os policías apreciaron que cheiraba a alcohol, que non podía gardar o equilibrio e que tiña os ollos encarnados e húmidos», añade la sentencia condenatoria.

Frente a la tesis de la defensa de que esta tasa de alcohol no es constitutiva de delito al existir un margen de error, «admitido jurisprudencialmente al respecto», desde la Audiencia Provincial replican que, «en el presente caso, no solo existe el hecho objetivo de la tasa que se dice, sino que hay que tener en cuenta que se practicó la prueba una hora después de producirse el accidente, de manera que la tasa de alcohol en ese momento tuvo que ser mucho mayor».

De igual modo, se incide en que el propio conductor reconocido en el juicio «que bebió alcohol antes de conducir, así como que «después del accidente no bebió alcohol, sino solamente Coca-Cola».

Termina detenido tras negarse a soplar y encararse con la Policía Local

Una multa de 1.080 euros y la retirada del carné durante un año y un día por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas; seis meses de prisión e idéntico período de tiempo de retirada del carné por negarse a soplar; tres meses por resistencia; y multa de 180 euros por un delito leve de lesiones son las penas que recayeron sobre un vecino de Bueu que fue arrestado en la madrugada del 11 de octubre del 2018.

La Audiencia de Pontevedra estima acreditado que, al menos, en dos ocasiones, al percatarse de la presencia de un coche patrulla, apagó el motor y las luces de su vehículo reiniciando la marcha cuando los agentes lo rebasaron. Sin embargo, al arrancar por segunda vez se saltó un stop y propició que fuera interceptado. Además, se resistió a la detención.