Un año de cárcel por enseñarle los genitales a las hijas de su pareja al pasearse por casa en calcetines y camiseta

Nieves D. Amil
NIeves D. Amil PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

CAPOTILLO

La Audiencia de Pontevedra condena a este vecino de Caldas por un delito continuado de exhibicionismo y provocación sexual

10 may 2022 . Actualizado a las 19:33 h.

Un año de cárcel es la condena que tendrá que pagar un vecino de Caldas que se paseaba desnudo de cintura pra abajo delante de las hijas de su pareja, ambas menores de edad. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra lo ha condenado por un delito continuado de exhibicionismo y provocación sexual y aedmás, le prohibe comunicarse y aproximarse a las víctimas durante tres años.

El tribunal considera probado que, entre enero y marzo de 2019, el acusado, quien convivía con su compañera sentimental y las dos menores, quienes tenían 14 y 12 años, «con el propósito libidinoso de menoscabar la indemnidad sexual de las niñas», se paseaba «desnudo, de cintura para abajo, por las distintas estancias de la casa, vistiendo únicamente calcetines y una camiseta, dejando a la vista sus partes y órganos sexuales». Además, según recoge la sentencia, llegó a entrar en el cuarto de baño cuando las menores se estaban duchando y a meterse en la cama de una de las niñas «igualmente sin cubrir sus partes y órganos sexuales». La intención del condenado, según el tribunal, era «involucrar a las menores en un juego y contexto sexual», para satisfacción de su libido. Los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de Pontevedra consideran que no se ha probado que las niñas hubieran sufrido daño por unos hechos, que el acusado reconoció en el juicio.

En la sentencia  recalcan que «no se trata de reprochar penalmente la práctica del nudismo», ya que el comprotamiento del acusado «no se concilia para nada con tal actividad y mentalidad». 

La Audiencia de Pontevedra ha absuelto al sospechoso del delito de agresión sexual en grado de tentativa del que estaba acusado porque «ninguna prueba determinó que se lograra la convicción acerca de la culpabilidad del acusado respecto de ese delito». El investigado también fue absuelto, por falta de pruebas, de un delito continuado de abuso sexual y de dos delitos de amenazas condicionales.