La Audiencia Nacional envía la causa penal del Villa de Pitanxo a los juzgados de Marín

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

CAPOTILLO

El magistrado Ismael Moreno confirma las tesis de la Fiscalía y considera que la competencia recae en los órganos judiciales de la localidad pontevedresa

06 abr 2022 . Actualizado a las 13:14 h.

Ismael Moreno, magistrado del Juzgado de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, ha dado la razón a la Fiscalía firmando un auto acordando remitir a los juzgados de Marín la investigación sobre el naufragio del pesquero Villa Pitanxo ocurrido en aguas internacionales próximas a la Isla de Terranova (Canadá) el pasado 15 de febrero. En el hundimiento del buque con base en esta población pontevedresa fallecieron nueve marineros, mientras que otros doce desaparecieron y solo tres miembros de la tripulación sobrevivieron.

De este modo, y en la misma línea que el ministerio público, el juez se inhibe a favor del juzgado de Marín porque «es la localidad donde radica el puerto base del buque Villa de Pitanxo», por lo que considera que la competencia es de ese juzgado territorial y no de la Audiencia Nacional. Para sustentar este argumento, el auto alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los tratados internacionales que «reconocen la soberanía y el ejercicio de la jurisdicción penal al Estado del pabellón del buque con una extensión extraterritorial de la soberanía, con el fin de evitar lagunas competenciales en alta mar», añaden desde la Audiencia Nacional.

De este modo, y en aplicación de esa doctrina, el magistrado concluye que lo acontecido en el naufragio del Villa de Pitanxo queda «asimilados a los hechos cometidos dentro del territorio español, quedando por tanto fuera de la competencia de la Audiencia Nacional». Y es por ello que, según se recoge en el auto, «procede, en consecuencia, atribuir la competencia al juzgado de instrucción de Marín (Pontevedra), tal y como interesa también el ministerio fiscal». 

En este punto se refiere que «en las presentes diligencias ha de acudirse, de conformidad con el informe del ministerio fiscal, al encontrarnos ante supuestos delitos cometidos en un buque español hundido en aguas internacionales, art. 15 de la L.E.Criminal, correspondiendo la competencia al Juzgado de Instrucción de Marín».

El auto explica que la causa se incoó por una denuncia presentada por la Dirección General de la Guardia civil de Pontevedra, tras tomar declaración a los tres supervivientes, y en la que se concluye, entre otras cuestiones, que «sin perjuicio de lo que resulte tras ulterior instrucción, se concitan elementos indiciarios que permiten imputar, al menos, 21 delitos de homicidio por imprudencia grave y contra los derechos de los trabajadores». De este modo, los investigadores trasladaron que, «tras las primeras declaraciones sobre la forma en que se produjeron los hechos descritos por los tres supervivientes, el marinero superviviente Samuel Kwesi ante la unidad policial efectuó una declaración distinta a la que hizo anteriormente sobre la forma en que se produjo el hundimiento del buque y la forma en como fueron falleciendo por hipotermia cada uno de los tripulantes».