Prisión por una persecución en coche por Pontevedra en la que un guardia civil tuvo que realizar un disparo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

CEDIDA

El conductor llegó a embestir en Poio con su turismo a un coche del instituto armado

03 mar 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Imprudencia temeraria, atentado, daños... Estos son los cargos por los que un conductor ha sido absuelto tras protagonizar a mediados de septiembre del 2017 una espectacular persecución por carretera que la Guardia Civil, incluso, llegó a intentar frenar a tiros. Por el contrario, y según la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, R. P. A. fue condenado a un año y medio de cárcel y tres años y seis meses de retirada del carné por un delito de conducción temeraria y a cinco meses de cárcel por desobediencia.

La sentencia recoge que, pasadas las nueve de la noche del 18 de septiembre, el acusado, que nunca se había sacado el carné, circulaba al volante de un Opel Astra, no constando si estaba o no asegurado, por el entorno del asentamiento de O Vao, en Poio. Y lo hacía «con desatención total a las normas más elementales de circulación y de la integridad de los usuarios», de tal modo que, en un momento dado, los integrantes de una patrulla de la Guardia Civil observaron como realizaba una maniobra de cambio de carril saltándose un stop y una línea continua.

Activaron entonces las señales luminosas y acústicas indicando a R. P. A. que se detuviese. Sin embargo, este «no solo no hizo caso, sino que emprendió la huida» en dirección a la ciudad del Lérez, de tal modo que, a la altura de la entrada al centro comercial, subió el coche a la acera y entre las dos filas de vehículos que se encontraban parados en una retención generada por otros usuarios que se hacían a un lado al escuchar la sirena del coche patrulla.

Tiro a las ruedas

En este punto se produjo la colisión contra un Audi A4. Pero ni por esas, el acusado cejó en su fuga, ya que enfiló por la PO-308. En la avenida de A Barca, estando el semáforo en fase roja y por ello varios vehículos parados, uno de los agentes se apeó del coche patrulla, se aproximó al Opel Astra y, poniéndose a la altura de la ventanilla del conductor con el arma reglamentaria en la mano, le ordenó detener el vehículo: «Para evitar el peligro para los demás usuarios de la vía disparó la misma hacia la rueda izquierda del referido vehículo, a pesar de lo cual el acusado reinició la marcha rebasando el semáforo en rojo y, en sentido contrario de la circulación, siguió su marcha».

Apenas había circulado unas decenas de metros, un segundo vehículo de la Guardia Civil trató de bloquearle el paso. El ahora condenado, «al volver al carril derecho, impactó contra dicho vehículo policial» continuando en su frenética huida. Dio marcha atrás encima de la acera y prosiguió la fuga por el carril contrario en dirección a Sanxenxo aunque, en las inmediaciones de la avenida Porteliña de Poio, R. P. A. se vio obligado a abandonar el turismo. No llegó muy lejos ya que fue interceptado e identificado junto a los otros cuatro ocupantes del automóvil.

La sentencia aclara que los daños ocasionados en los otros dos vehículos fueron abonados por sus respectivas compañías o el Consocio de Compensación de Seguros.

De igual modo, la Audiencia de Pontevedra descarta que se hubiera vulnerado la presunción de inocencia del encausado, así como descartó que no existiera prueba de cargo suficiente de que fuera el conductor del Opel Astra. Es cierto que los guardias civiles no pudieron concretar la persona que iba al volante, pero uno de los ocupantes señaló a R. P. A., así como también lo hizo un testigo presencial «ajeno a los hechos y a los propios acusado y ocupantes». Este «vio bajar del vehículo y por el lado del conductor no solo a un hombre, sino al acusado, a quien reconoce en sede policial y en el acto del plenario».