La Justicia avala las cuarentenas a los reclusos que ingresan en una prisión

Alfredo López Penide
L. Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

17 ago 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Nacional ha avalado la cuarentena que los centros penitenciarios imponen a los reclusos que ingresan en prisión para prevenir la expansión del covid-19. La resolución es consecuencia de una queja formulada por un recluso de la prisión de A Lama que, una vez trasladado al penal de Málaga II, le impusieron una cuarentena de dos semanas que el recurrente consideró que era ilegal.

Sin embargo, los magistrados madrileños inciden en que «es bien conocida la situación creada por la pandemia del covid-19 en centros penitenciarios y en el exterior, en nuestro país y en todo el orbe, son conocidas las medidas legislativas excepcionales que han debido ser adoptadas en todos los países del mundo para combatir la pandemia y para minimizar en lo posible los contagios, medidas que daban lugar a una restricción de derechos fundamentales como el de la libertad o la libertad de movimientos». Esta realidad en el ámbito penitenciario tuvo su reflejo en que fuese «necesario adoptar una serie de medidas restrictivas, en cuanto a la movilidad de los internos, al acceso de familiares y profesionales extrapenitenciarios a los centros y a la supresión de talleres productivos, educativos y otros, todas ellas dirigidas a la prevención y al control de la enfermedad».

Remarcan que la normativa, si bien suprime «las cuarentenas preventivas generalizadas», de igual modo «no prohíbe esa medida en casos puntuales y justificados». De hecho, añaden que la «norma prevé que, a criterio del profesional sanitario y en función del riesgo detectado, puede ser indicado un período de observación sanitaria en casos de ingresos, traslados o permisos».

En este caso concreto, el recluso fue trasladado desde el penal de A Lama, en Pontevedra, hasta el de Málaga II pasando previamente por los centros penitenciarios de Teixeiro, Mansilla de las Mulas, León, Madrid III y Jaén. La Audiencia Nacional concluye que este largo periplo, entre el 15 y el 21 de julio del 2020, «era generador de un riesgo de cara al covid-19». De hecho, en este último centro «solo hubo un caso positivo y ello obligaba a extremar la precaución frente a los nuevos ingresos en protección de todos los internos y personal».