Tres años de cárcel tras ser interceptado en Caldas con cerca de un kilo de cocaína

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

GUARDIA CIVIL

El sospechoso viajaba como acompañante en un vehículo al que la Guardia Civil le dio el alto en el peaje de autopista AP-9

19 mar 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Aunque en su día fueron dos los vecinos de Ferrol detenidos por tráfico de drogas en un control de la Guardia Civil establecido en la autopista AP-9 a su paso por la localidad pontevedresa de Caldas de Reis, finalmente solo uno se sentó en el banquillo de los acusados de la Audiencia de Pontevedra. Y lo hizo para ratificar el acuerdo de conformidad al que llegó con la Fiscalía Provincial merced al cual asumió la autoría de estos hechos aceptando tres años de prisión y el pago de una multa de 10.505,58 euros, así como el abono de las costas procesales.

De este modo, reconoció que, en la noche del 18 de agosto del 2019, viajaba como ocupante en un Seat Altea cuando les dieron el alto agentes de la compañía de la Guardia Civil de Vilagarcía en el marco de un operativo preventivo de seguridad mediante la habilitación de controles en las carreteras de las comarcas de O Salnés y Caldas con el fin de erradicar la venta y distribución de drogas a pequeña escala.

Uno de los puestos de verificación se estableció en el kilómetro 110 de la autopista AP-9, en el entorno del peaje. Tras identificar a los dos ocupantes, los agentes localizaron en el bolsillo delantero izquierdo del pantalón del ahora condenado «una bolsa de plástico que contenía 991 gramos de cocaína con una pureza del 81,17 %», refiere la sentencia de la Audiencia, al tiempo que reseña que el precio de la misma en el mercado negro alcanzaría los 10.505, 58 euros establecidos como multa a abonar por el encausado.

Estas más de 1.100 dosis de cocaína estaban destinadas para su venta a terceras personas. De hecho, en su día, desde la Guardia Civil confirmaron este extremo al reseñar que «los estupefacientes intervenidos estaban supuestamente predispuestos para su distribución y venta».

Atenuante de drogadicción

A la hora de alcanzar el acuerdo de conformidad y establecer una pena de tres años de prisión, la Fiscalía de Pontevedra asumió la existencia de una atenuante de drogadicción en la conducta del acusado. Esto tiene su reflejo en la sentencia de la Audiencia, que es firme, a la hora de establecer que, por un lado, el sospechoso «es adicto al consumo de drogas tóxicas» y, por otro, que la venta de estupefacientes «se realiza para financiar su propio consumo».