Descartan la puesta en libertad de arrestados por 3,2 toneladas de coca

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

MONICA IRAGO

La Audiencia de Pontevedra confirma que persiste el riesgo de fuga

13 feb 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Hace casi un año, una operación conjunta de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía Nacional y del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidrogas (EDOA) de la Guardia Civil de Pontevedra permitió el decomiso de 3,2 toneladas de cocaína. Entonces fueron detenidos los pilotos de dos planeadoras semirrígidas, si bien posteriormente se sucedieron otras detenciones merced a la declaración de un testigo protegido que aludió a que este entramado habría logrado culminar una descarga, al tiempo que señalaba a la tripulación del velero Benirrás.

Uno de los detenidos en la segunda fase de la denominada operación Lince acaba de ver cómo la Audiencia de Pontevedra rechazaba su petición para que se revoque la situación de prisión provisional. Entre otros argumentos esgrimidos por la defensa se contrapuso la privación de libertad de su cliente con «la situación de libertad provisional en la que se encuentran otros encausados a quienes se atribuye tener a su nombre embarcaciones, haber tomado parte en el traslado de la sustancia o que han realizado labores de mecánicas en aquellas».

De igual modo, y a la hora de desestimar la puesta en libertad provisional, los magistrados analizan el delito que se le imputa al sospechoso, así como sus circunstancias personales. En este sentido, en el auto de la Audiencia de Pontevedra se recoge que, en principio, se investiga un supuesto delito contra la salud pública de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud, con la agravante de notoria importancia, toda vez que consta que se incautaron 3.200,734 kilos de cocaína distribuidos en 3.034 tabletas con una pureza del 81,16 % y 169 tabletas de una pureza del 69,7 %.

De igual modo, se refiere que ni el arraigo personal o familiar del recurrente, ni la oferta laboral proveniente de un familiar con relación directa permiten «considerar que se minimiza el riesgo de fuga que justificó la adopción y el mantenimiento de la medida». Asimismo, se advierte de que en el auto recurrido «no se alude a la alteración de fuentes de prueba como fin que justifique en este momento la prisión provisional», pero también se incide en que «el tiempo transcurrido desde que se acordó la prisión provisional justifica la libertad provisional solicitada».

En cuanto al testimonio del testigo protegido, la Audiencia alude a un auto anterior, del mes de mayo pasado, en el que se refiere que este acusado, presumiblemente, era uno de las dos personas identificadas que a finales de marzo arribaron al puerto de A Guarda a bordo de una zódiac del tipo de las embarcaciones auxiliares de los veleros. Ambos, presumiblemente, sacaron tres bolsas grandes negras y se dirigieron a una calle donde se ubica un bar que es otro de los epicentros de esta investigación contra el tráfico de cocaína a gran escala.