Un estafador multirreincidente acumula su quinta condena por falsas ventas de móviles

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

GUARDIA CIVIL

La Audiencia de Pontevedra le impone tres años de cárcel, lo que implicará, de hecho, el ingreso en prisión del sospechoso

05 feb 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Las ventas fraudulentas de móviles inexistentes a través de Internet es una de las estafas que han proliferado en los últimos años hasta el punto de que es habitual que, periódicamente, se produzcan detenciones por este tipo de hechos. El modus operandi en la mayoría de los casos comienza con la publicación de un anuncio en un web de compraventa de un terminal a un previo imbatible para, de este modo, atraer a cualquier incauto que termina haciendo una transferencia por el valor del móvil, pero sin llegar a recibir nunca el teléfono.

Con este anzuelo, un joven de la localidad vasca de Baracaldo engañó a un pontevedrés a principios del 2018. Lo que este desconocía era que la persona que le ofrecía un móvil Samsung S9 por apenas quinientos euros acumulaba desde el 2012 cuatro condenadas previas por estafa, de tal modo que, realizada la transferencia de la cantidad pactada, el timador no remitió el móvil. De hecho, en la sentencia de la Audiencia de Pontevedra se remarca que «el acusado no tuvo nunca intención de enviar» el terminal.

De hecho, este resolución supone la quinta condena que recae sobre el joven vizcaíno y se suma a las impuestas en Baracaldo, Madrid, Getafe y Málaga. Tras un acuerdo de conformidad, ha aceptado tres años de prisión y el pago de una multa de 810 euros como autor de un delito de estafa agravada por multirreincidencia, así como ha asumido el abono de una indemnización por los quinientos euros que le pagó la víctima por el móvil inexistente. Esta pena, en principio, supone el ingreso efectivo del encausado en un centro penitenciario.

En cuanto a los hechos probados, la sentencia de la Audiencia de Pontevedra establece que, con «finalidad de obtener ilícitamente un beneficio económico», el acusado ofrecía teléfonos móviles a través de un anuncio que había publicado en el portal de compras por Internet VIBBO. La resolución judicial, que es firme, añade que su estrategia era la «de crear en los futuros o posibles adquirentes la errónea creencia de que el referido objeto existía en la realidad».

De este modo, el 3 de abril del 2018, el denunciante, «después de contactar a través de mensajes y llamadas telefónicas al número facilitado en el referido anuncio», compró un Samsung S9 ingresando el dinero convenido en una cuenta de la que era titular el acusado.