Condenados dos panaderos por obligar a su personal a librar solo 2 días al año

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Carlos Castro

Reconocieron que, además de un delito contra los trabajadores, cometieron un fraude a la Seguridad Social por no cotizar las horas extraordinarias de sus trabajadores

05 jul 2019 . Actualizado a las 12:03 h.

En pleno debate por el control de horarios y el abono de las horas extra, la Audiencia de Pontevedra ha condenado a dos empresarios de panaderías por sendos delitos contra los trabajadores y fraude a la Seguridad Social. Ambos panaderos llegaron a un acuerdo con la Fiscalía Provincial, de tal modo que no tuvieron que llegar a sentarse en el banquillo de los acusados asumiendo tres meses de prisión y multa de trescientos euros por el primero de los cargos penales e idéntica pena de cárcel, pero 29.905 euros de multa por el segundo. Además, se les impone a cada uno el abono de una indemnización de 119.620 euros.

De este modo, ambos panaderos reconocieron que constituyeron la sociedad en el 2004, de tal modo que, al menos, desde el 26 de enero de 2013, «vienes exigiendo a los trabajadores a su servicio que acudan a su puesto de trabajo todos los días del año excepto dos, el día de Navidad y el día de Año Nuevo». De este modo, infringieron los derechos que sus empleados tienen reconocidos en la legislación laboral y en el convenio colectivo, que establece un descanso mínimo semanal y períodos vacacionales.

La Audiencia tiene claro que los afectados «se veían obligados a aceptar estas condiciones ante el temor de perder su puesto de trabajo».

La sentencia refiere que si la legislación le permitía a los empresarios establecer jornadas de trabajo en domingos y festivos, siempre que así lo aceptase el trabajador, también refiere que el tiempo de trabajo debe ser retribuido como horas extraordinarias sin perjuicio del descanso semanal. Pese a ello, los pontevedreses no abonaban estas horas extraordinarias, al tiempo que ocultaban esta circunstancia en sus cotizaciones a la Seguridad Social de tal forma que no ingresaban las cotizaciones de las horas extra realmente trabajadas.

En este punto, los cálculos de la Fiscalía de Pontevedra apuntaban en la dirección de que, entre el 26 de enero del 2013 y el 26 de enero de 2017, los damnificados trabajaron 203 sábados y 252 domingos y festivos «sin percibir el importe de las horas extraordinarias y sin que las horas trabajadas fueran compensadas con horas de descanso». Y ambos acusados «no ingresaron en la Tesorería de la Seguridad Social las correspondientes cotizaciones por horas extraordinarias», generándose una deuda de 238.734 euros.

Tras aclarar que los encausados han abonado parte de la deuda y han alcanzado un acuerdo de aplazamiento con respecto al resto, se reseña que, además, han abonado a doce trabajadores las retribuciones por las horas extra.