Cuatro años de cárcel y seis millones de multa para Sito Miñanco por blanqueo de capitales

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

RAMON LEIRO

La Audiencia de Pontevedra impone las mismas penas al resto de encausados, así como ordena la clausura de la inmobiliaria San Saturnino

29 ene 2019 . Actualizado a las 13:38 h.

La Audiencia de Pontevedra acaba de condenar a cuatro años de cárcel y al pago de una multa de seis millones de euros a José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, como autor de un delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico. Las mismas penas han recaído sobre su hija Rosa María Prado Pouso, la que fuera su mujer, María Rosa Pouso Navazas, una hermana de esta última y un empresario, José Alberto Aguín Magdalena.

Además, el tribunal, a instancia del fiscal, ha acordado la clausura definitiva de la Inmobiliaria San Saturnino, toda vez que la considera «el eje alrededor del cual todos los acusados llevaron a cabo el delito de blanqueo de capitales», así como ha decretado el comiso de la totalidad de bienes adquiridos con dinero procedente del narcotráfico.

En la sentencia, que no es firme, se considera probado, según precisaron desde el TSXG, que, «sin distinciones entre ellos», los acusados «participaron activamente de forma fundamental en el conjunto de actos a través de los que pretendían lavar el dinero procedente del narcotráfico». A la hora de establecer los cuatro años de prisión, los magistrados aluden al «volumen de dinero blanqueado», pero también a los «negocios que levantaron, que sostuvieron y que aún tienen» y las sociedades que se constituyeron «para ocultar o, cuanto menos, maquillar, la procedencia del dinero».

A la hora de establecer los requisitos que exige el Código Penal cuando alude a delitos de blanqueo, la sentencia refiere que el conocimiento que tenían los sospechosos de la procedencia delictiva del dinero se deduce «de una forma bien fácil del notorio y desproporcionado incremento patrimonial que con sus demostrados ingresos legales y ordinarios, no pudieron justificar». De forma concluyente, los magistrados pontevedreses tienen claro que el origen del dinero solo se puede explicar «por la relación de todos ellos con las actividades delictivas, sobre todo, del acusado José Ramón Prado Bugallo».

Y al igual que sostuvieron los peritos de la acusación, los jueces subrayan que los ingresos lícitos de los imputados «no les daban para manejar tan ingentes cantidades de dinero».