Pontevedra concentra la mitad de las ocupaciones ilegales de vivienda

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

XOAN A. SOLER

Fiscales consideran que endurecer las penas disuadiría a las mafias criminales

02 nov 2018 . Actualizado a las 05:05 h.

En paralelo con la crisis económica, Pontevedra, al igual que el resto del territorio nacional, ha venido experimentado un paulatino incremento de las ocupaciones ilegales de viviendas, lo que el Código Penal define como usurpación y castiga con penas que se mueven entre el año y los dos años de prisión en función de «la utilidad obtenida y el daño causado». Solo el pasado año, la provincia prácticamente concentró la mitad de los procedimientos por delitos incoados por la Fiscalía a nivel autonómico.

Los datos manejados por el ministerio público reflejan que fueron 162 las causas tramitadas en las Rías Baixas, cifra que contrasta con las 97 de A Coruña, las 43 de Ourense y las 42 de Lugo. En el caso de Pontevedra, la cifra supone un incremento del 31 % con respecto a los 123 procedimientos del 2016, mientras que a nivel de toda Galicia el aumento se situó en cerca de once puntos, un 10,97 %.

A nivel judicial, desde el Congreso se apuesta por actuar desde las dos jurisdicciones, la penal y la civil, para garantizar los derechos de los propietarios. En el caso del primero de estos ámbitos, se apuesta ya no solo por incluir los delitos de usurpación dentro de las competencias de las juicios rápidos -se ganaría en agilidad y celeridad-, sino también por «endurecer as penas e garantir o seu cumprimento íntegro».

En el seno de la Fiscalía, por su parte, se tiene el convencimiento de que se lograría un efecto disuasorio, al tiempo que se impediría «a proliferación de organizacións criminais que obteñen lucro da actividade ilegal da ocupación».

A este respecto, los fiscales pontevedreses reconocen que, en muchas ocasiones, los autores de una ocupación ilegal de una vivienda suelen cometer otro tipo de delitos. El paraguas es muy amplio, ya que caben desde los daños a la propiedad y el robo hasta las amenazas y coacciones a las que pueden someter a los titulares del inmueble antes de producirse el desalojo. «A situación complicouse en certos casos debido, entre outros factores, a denuncias de donos que, tras recuperaren a posesión das súas propiedades, constatan graves danos, así como problemas de convivencia e salubridade nas zonas afectadas», asume por su parte el fiscal superior de Galicia, Fernando Suanzes, en la memoria anual de este organismo.

Casuística diversa

Es por ello que no duda en reconocer que se trata de «un tema difícil, con casuística diversa, no que se interrelacionan cuestións xurídicas de tipo penal, civil e administrativo, xunto con outras de tipo social e económico». Prueba de esta complejidad es el hecho de que se trata de un fenómeno que ha sido abordado por distintas Administraciones -de hecho, algunas normativas municipales ya empiezan a abordar esta cuestión en municipios como Madrid, Castejón o Sevilla-, mientras que la Fiscalía estableció, a través de una instrucción, las prácticas que se deben llevar a cabo en los supuestos de delitos leves de usurpación. Así, tras la incoación del correspondiente procedimiento se instará la medida preventiva consistente en un desalojo forzoso de la vivienda. En el supuesto de procesos ya iniciados, se solicitará el desalojo voluntario durante la tramitación de la causa judicial abierta y con antelación a la celebración del juicio oral.

En el orden civil, la propuesta ahonda en la posibilidad de que «se poida decidir mediante xuízos verbais calquera demanda que pretenda o desaloxo e a inmediata recuperación da plena posesión dunha vivenda por parte da persoa dona ou usufrutuaria».