Cinco años por intentar matar a su novio a cuchilladas en una pensión

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

La pontevedresa asestó varias puñaladas con un cuchillo de 21 centímetros de filo

17 jul 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Hace dos años, una pareja que se alojaba en un conocida pensión de Pontevedra terminó a cuchillada limpia. La Audiencia Provincial ha condenado a la pontevedresa a cinco años de prisión por un delito intentado de homicidio, mientras que ha impuesto dos años al que por entonces era su compañero sentimental por un cargo de lesiones.

Los hechos se produjeron en la madrugada del 9 de julio del 2106 cuando ambos se enfrascaron en un discusión en la habitación que tenían alquilada. En un momento dado, el joven de 44 años empujó a su pareja tirándola al suelo «donde la sujetó por el cuello y la abofeteó».

Esta, oriunda de Portugal y de 47 años, se zafó de su agresor y, tras levantarse, se hizo con un cuchillo de cocina de 21 centímetros de filo. De este modo, «guiada por un ánimo de acabar con la vida» de su compañero, le asestó «varias puñaladas en el abdomen y una en la mano izquierda». «Dichas heridas necesitaron para su curación además de una primera asistencia facultativa tratamiento médico quirúrgico tanto para su curación como para evitar un shock hemorrágico hipovolémico», refiere la sentencia.

El incidente no acabó aquí. Pese a las heridas que sufría, el pontevedrés consiguió arrebatarle el arma a su novia para, acto seguido, clavárselo en la pierna derecha, a la altura del muslo. Asimismo, «la golpeó con el palo de una escoba en la cabeza».

En la misma sentencia, la Audiencia establece que la condena por el intento de homicidio lleva aparejados quince años de alejamiento y el abono de una indemnización de 4.900 euros por la asistencia que el Sergas tuvo que prestar al pontevedrés. En el caso de la pena por lesiones impuesta a este último, se complementa con siete años de alejamiento y el abono de 670 euros a la Administración sanitaria.

Se da la circunstancia de que, a pesar de que las defensas de los acusados mostraron su conformidad con estos términos de la sentencia, la misma no es firme, por lo que cabría un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. A este respecto, y a la hora de alcanzar un acuerdo con los representantes legales de los encausados, la Fiscalía de Pontevedra accedió a la hora asumir la tesis de que ambos, «en el momento de los hechos (...), actuaban influenciados por las sustancias estupefacientes de las que eran consumidores», circunstancia que llevó a la aplicación de una atenuante de drogadicción.