Piden que los acusados de bullying inmobiliario indemnicen a la víctima
PONTEVEDRA
El fiscal solicita que abonen tres mil euros por daños morales y seis mil de multa
07 mar 2018 . Actualizado a las 10:11 h.Desde las Navidades del 2012, un pontevedrés está sufriendo un calvario que el fiscal no duda en encuadrar en lo que se conoce como bullying inmobiliario. Según se recoge en su escrito de acusación, los problemas comenzaron en el mismo momento en el que A. P. M. adquirió el edificio en el que la víctima esta residiendo desde 1986. El padre de la acusada, E. P. A., comenzó entonces a hacer unas obras en un inmueble en el que, en la actualidad, el denunciante es el único inquilino.
Estos trabajos, añaden desde el ministerio público, «se ejecutan ocasionando las mayores molestias para que abandone el edificio». De este modo, en el portal como en las escaleras se acumula material y maquinaria sin justificación alguna, circunstancia que, «además de las molestias, puede provocar algún tipo de accidente». Añade que ambas estancias se mantienen muy sucias.
A esto se suma el hecho de que, desde el 2014, permanece un andamio en el patio que «impide el normal uso de las estancias del piso que dan al mismo». En concreto, se alude a dos dormitorios, otros tantos baños y, especialmente, la cocina. El fiscal sostiene, asimismo, que la presencia de esta instalación está provocando inundaciones en el patio, «cuando por las obras a realizar no debería permanecer en el sitio más de tres o cuatro meses».
Además, recoge que se eliminó la antena de televisión colectiva, lo que obligó al pontevedrés a tener que colocar una antena privada para poder disfrutar de este servicio en vivienda. Concluye que, «a lo largo de estos años, la cantidad de polvo existente, por falta de limpieza, afecta a la habitabilidad e, incluso, salud del inquilino, quien sufre un cáncer de laringe».
Por estos hechos, solicita que padre e hija sean condenados a pagar una multa de seis mil euros por coacciones, así como indemnizar a la víctima con otros tres mil.