Absuelto de usar un carné de conducir falso porque era un documento de fantasía que no inducía a error

Alfredo López Penide
L. Penide CALDAS / LA VOZ

PONTEVEDRA

La Audiencia concluye que «son documentos inventados que se venden por Internet»

29 oct 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Martes, 9 de junio del 2015. Agentes de Tráfico de Pontevedra habilitan un control de transportes de mercancía en la N-640 a su paso por Caldas. Pasadas las siete de la tarde, los agentes de la Guardia Civil dan un alto a un camión solicitando la documentación tanto al conductor principal como al segundo conductor. Este último les entrega dos documentos redactados en inglés como si se tratar de sendos permisos de conducir internacionales. Mientras uno de ellos se asemejaba a un librillo similar a un pasaporte, el segundo era «tipo tarjeta en los que figuraban sus datos personales y su fotografía».

Ante tales antecedentes, un magistrado pontevedrés condenó al transportista a seis meses de prisión y a abonar una multa de 720 euros por un supuesto delito de falsedad en documento oficial. Disconforme con este fallo, el profesional del volante buscó el amparo de la Audiencia Provincial... Y lo encontró.

La nueva resolución revoca la inicial y absuelve al acusado de todos los cargos. «Tiene razón el apelante (...). El carné internacional intervenido al acusado es un documento de fantasía, sin correspondencia alguna con un documento auténtico».

Estas afirmaciones, asimismo, se sustentan en el informe elaborado por el servicio de Grafística de la Guardia Civil. Los agentes concluyeron que los documentos entregados por el encausado a los agentes de Tráfico son «de fantasía [porque] hacen mención a una asociación que no existe, o a un ente que no tiene reconocido estatus de Estado, o que carece de personalidad jurídica internacional».

Adquiridos por Internet

De este modo, la Audiencia mantiene que los facilitados por el camionero a los guardias de Tráfico «son documentos inventados que se venden por Internet, no ajustándose a ninguna normativa. Obvio es que no pueden inducir, por consiguiente, a dudas sobre su autenticidad, sin que ni siquiera pueda hablarse de falsedad burda en la medida en que no se trata de hacer pasar el documento falso por alguno verdadero existente».

De igual modo, confirman las afirmaciones del recurrente en cuanto a que «los documentos entregados a los agentes de Tráfico, a simple vista, nada tienen que ver con los verdaderos». En este punto, se insiste en que «ninguna correspondencia tienen, pues, con los documentos verdaderos. Se trata de documentos inventados que no se ajustan a ninguna normativa y que, en el caso concreto, no pudieron llevar a engaño a los destinatarios, agentes de la Guardia Civil de Tráfico que por su propia profesión conocen a la perfección las características de los permisos de conducir internacionales, fundamentalmente, como hemos dicho, porque ninguna semejanza guardaban con los verdaderos».