Conductores esquivan la pérdida del carné mediante canjes en Portugal

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

RAMON LEIRO

La Fiscalía exige aplicar las directrices europeas frente al «turismo del permiso»

25 sep 2017 . Actualizado a las 08:08 h.

De un tiempo a esta parte, es cada vez más habitual que los conductores acudan a toda clase de argucias para tratar de esquivar la pérdida de puntos en el carné. Así, si históricamente había quien hace figurar a un familiar o allegado como infractor, recientemente ha comenzado a proliferar una nueva modalidad de picaresca de la que ya se ha hecho eco la Audiencia de Pontevedra y, por extensión, la Fiscalía General.

Se trata de personas que obtienen un permiso extranjero mediante el canje de uno español. Según refiere la última memoria del ministerio público, uno de los requisitos que se exige para ello es establecer la residencia normal o habitual en el segundo estado, «de suerte que la falta de este requisito impone la denegación del reconocimiento».

El problema, según advierten desde la Fiscalía, es que esta realidad, en ocasiones, no se verifica: «Los relativamente frecuentes procedimientos penales incoados con ocasión de canjes indebidos, al margen de los administrativos, evidencian que no siempre se comprueba con rigor la concurrencia del requisito de la ‘‘residencia normal’’ en los estrictos términos establecidos».

A este respecto, añaden que la mayor parte de las sentencias condenatorias que se han venido dictando por los tribunales mayoritariamente hacen referencia «a los canjes fraudulentos de permisos de conducir portugueses». En este punto, fuentes judiciales consultadas precisaron que se trata de resoluciones que no son recurridas ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, si bien, en los últimos años, este órgano ha tenido que pronunciarse sobre algunas causas y, normalmente, ha confirmado la sentencia de instancia.

En este punto, la Fiscalía insiste en que la detracción de puntos y, en su caso, la pérdida de la vigencia del carné son aplicables a todos los conductores «sea cual fuere el país en que se hubiere expedido el correspondiente permiso o autorización o su lugar de residencia». De este modo, si el conductor emplea un permiso obtenido en otro país, la sanción «afectará únicamente al derecho del titular a conducir en territorio nacional».

Y si el permiso extranjero se ha obtenido por canje de uno español, el ministerio público es contundente: «La declaración de pérdida de vigencia del permiso español originario determinará que se active la cláusula de exclusión prevista (...) conforme a la cual ‘‘tampoco serán válidos los permisos de conducción expedidos en cualquiera de esos estados a quien hubiera sido titular de otro permiso de conducción expedido en alguno de ellos que haya sido retirado, suspendido o declarado su nulidad, lesividad o pérdida de vigencia en España’’».

Por tanto, «el canje no puede ser reconocido si se solicitó cuando el acusado ya había perdido los puntos en territorio nacional, por constituir, sin necesidad de mayores argumentaciones, un fraude de ley». Es más, se insiste en que esto «encuentra su fundamento en la necesidad de reducir el riesgo de que se produzcan accidentes de circulación y en el reforzamiento de la seguridad vial».

A la vista de esta situación, la Fiscalía General exige aplicar de manera rigurosa las directivas europeas que regulan la institución del canje, así como «optimizar los mecanismos de coordinación entre Administraciones nacionales y foráneas para garantizar que solo se autoriza a los residentes, con remisión del permiso originario a las autoridades del Estado miembro que lo haya expedido».