
Elena Argüello ha tenido que esperar más de dos décadas por el dinero de la venta del Rúa, emblemático restaurante que regentó durante 35 años en As Corbaceiras
10 may 2016 . Actualizado a las 09:11 h.En 1992, uno de los emblemáticos restaurantes de Pontevedra e icono durante los 35 años anteriores de la gastronomía de la comarca, el Rúa, fue adquirido por una inmobiliaria. A la hora de formalizar esta venta, se acordó que se librarían veintisiete letras de cambio a favor de su titular, Elena Argüello, que, por aquel entonces, fueron avaladas por el Banco Central Hispano.
Las nueves primeras letras se abonaron sin mayores incidencias. El problema surgió cuando la inmobiliaria quebró y Elena Argüello se dirigió a la entidad para hacer efectivo el aval. El banco se negó a pagar.
Dos años después de haber vendido el Rúa, la conocida cocinera pontevedresa acudía a los tribunales. Desconocía entonces que tendría que esperar veintiún largos años a que la Justicia le diese la razón y ordenase a la entidad a abonar el dinero adeudado, 108.000 euros, una cantidad que, sumados los intereses legales generados durante este tiempo, finalmente ascendió a algo más de 231.000 euros.
Echando la vista atrás, Elena confiesa que hubo momentos en los que pensó tirar la toalla y retirarse, instantes en los que encontró las fuerzas para seguir adelante en sus hijos. Estos, ayer, se restaban méritos y dejaban claro, en palabras de José Ramón Cao Argüello, que «la auténtica heroína de esta historia es nuestra madre».
«No creí nunca que se iba a ganar», insistió. «Pasé veintiún años muy nerviosa» e, incluso, por momentos, «angustiada», remarcó.
Mientras el procedimiento judicial echaba a andar, primero en la vía penal y, posteriormente, en la civil, Elena Argüello tuvo que reinventarse: «Empecé a luchar por lo que a mí me gusta, que es hacer feliz a los demás haciéndoles buenos platos de cocina». De este modo, comenzó a dar cursos y a colaborar con distintos negocios y Administraciones, entre ellas, la Comisión Europea, lo que le permitió «ir viviendo», pero, al mismo tiempo, la mantuvo «entretenida», lo que le permitió ir pasando estos años. «Fueron veintitantos años duros, muy duros».
Fue el pasado octubre cuando su hijo José Ramón, reconocido abogado con despacho en Pontevedra, quien le dio la noticia de que habían ganado el pleito. Sin embargo, aún quedaba por lidiar una última batalla, la de los intereses generados por el dinero que Elena Argüello había dejado de percibir y que la entidad bancaria se mostraba reticente a abonar en la extensión que reclamaba la pontevedresa. Es por ello que tuvieron que esperar aún unos meses hasta que hace relativamente pocos días la Audiencia de Pontevedra ejecutase la sentencia siguiendo las tesis de la demandante.
Un proceso que se inició en la vía penal y que concluyó ante una sala civil de la Audiencia
Corría el año 1994 y el Banco Hispano Americano se negaba a hacer efectivo los avales. Su argumento, que el director de sucursal que los firmó no solo era socio de la inmobiliaria que adquirió el restaurante Rúa, sino que carecía de poder para otorgarlos.
Tales circunstancias derivaron en una querella de la entidad contra su propio empleado por un supuesto e inexistente delito de estafa. Elena Argüello tuvo que esperar hasta el 2006 para que se dictase la sentencia que pusiera punto final a la vía penal.
Su abogado, Juan Olegario Gil García, tal vez previendo un fallo absolutorio, había explicitado que se reservaba el ejercicio de posibles acciones civiles e interpuso una demanda ante un Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra. La sorpresa fue mayúscula cuando, en mayo del 2015, el magistrado dio la razón al banco al concluir que esta entidad «no prestó consentimiento para el otorgamiento de los avales, por lo que (...) son simulados y, por tanto, absolutamente ineficaces».
Recurrieron y, apenas unos meses más tarde, la Audiencia daba un vuelco a esta resolución y establecía la responsabilidad del banco. Si bien se reconoce que el director de la sucursal fue sancionado y que se excedió en el uso del poder que le habían conferido, «no consta que se revocara el poder que (...) tenía otorgado», se concluye que ni Argüello, ni sus hijos tenían conocimiento de las limitaciones de su cargo. «La demanda debe prosperar, pues el banco quedaba obligado por la actuación del representante, realizando vulnerando los límites de un poder que -por otro lado- no consta inscrito».