Salvemos Pontevedra sostiene que el Supremo ordena el fin de Ence en la ría

Marcos Gago Otero
marcos gago PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

La pastera reitera que la sentencia no supone el cese del trabajo de su fábrica

30 jul 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Una misma sentencia y dos interpretaciones radicalmente distintas. Salvemos Pontevedra aseguró ayer, en contra de lo afirmado por Ence el viernes, que la última sentencia del Supremo conlleva no solo la incoación del expediente de caducidad de la concesión en Lourizán, sino también el cese de su actividad.

El presidente de este colectivo, Francisco Díaz, explicó que el máximo tribunal estatal refrendó la sentencia emitida en su día por la Audiencia Nacional. Esta resolución judicial, cuyo recurso ante el Supremo perdieron tanto el Estado como el grupo pastero, concluyó en el 2011 con una estimación parcial de las demandas de la asociación ecologista.

La Audiencia Nacional no aceptó que fuese el órgano judicial el encargado de hacer un pronunciamiento expreso sobre la caducidad de la concesión de Costas en Lourizán, como había pedido Salvemos Pontevedra. Sí que respaldó otra de sus pretensiones y que obliga al Estado a actuar desde la vía administrativa.

Este órgano judicial condenó al ministerio a «la incoación del expediente de caducidad de la concesión y a la adopción de todas las medidas legalmente contempladas para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones». Díaz, que señaló que se sentían como David ante Goliat ante la complejidad de este caso, manifestó que el expediente de caducidad tiene que estar rematado en un año y que la compañía no podrá beneficiarse de la reforma de la Ley de Costas para aspirar a una prórroga más allá del 2018.

Este dirigente vecinal entiende que el resultado del expediente será negativo para la continuidad de Ence en su ubicación actual. Salvemos Pontevedra se ha pronunciado reiteradas veces en que el actual grupo pastero no puede apoyarse en la concesión de Costas otorgada en 1959 a Ence porque, desde su punto de vista, la ha perdido por incumplirla. Es decir, según su tesis, la factoría no dispone de una concesión en vigor para seguir en dónde está.

Plazos de ejecución

El portavoz ecologista recordó que el Estado tiene diez días, desde la notificación de la sentencia, para iniciar los trámites para su ejecución y que, en caso de no actuar, reclamará la ejecución de la misma en el plazo de los dos meses que le permite la Ley.

Díaz expresó su deseo de no tener que llegar a este punto y que Agricultura actúe. Añadió que son conscientes de que el cese de actividad no podrá ser de un día para otro, pero que sí tendrán que tomarse pasos firmes.

Al valorar el contenido de la sentencia, resaltó que el Supremo desmonta todos los argumentos contra Salvemos Pontevedra. El alto tribunal estatal dice que este colectivo está legitimado para acudir a la Justicia y reprocha al ministerio su silencio a las peticiones de esta asociación. Recordó que esta agrupación «tiene derecho a obtener un pronunciamiento de la Administración y que por tanto no puede quedar indefinidamente a la espera de una respuesta, que podría en otro caso no llegar nunca a producirse».

Ratificación de la compañía

Por su parte, Ence insiste en que la orden del Supremo no impone el cierre de su fábrica. Afirma que su concesión en Lourizán «sigue plenamente vigente» y que si se dice lo contrario «se falta a la verdad». Esta sentencia, ordena al Estado a «iniciar un expediente de declaración de la caducidad de la concesión, pero en ningún caso se prejuzga el resultado final del mismo». Insiste en que ni el Supremo ni la Audiencia Nacional se pronunciaron sobre el resultado final de este expediente, que además la pastera cree que le será favorable a ella.

Añade que la resolución «ratifica que todas las instalaciones amparadas por la concesión podrán seguir en uso durante la tramitación del expediente administrativo» y concluye que no se impide que pueda solicitar la prórroga más allá del 2018 a Costas.