Decenas de afectados instan la anulación de sus cláusulas suelo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

La Audiencia resolverá los posibles recursos a las sentencias de los juzgados del ámbito civil.
La Audiencia resolverá los posibles recursos a las sentencias de los juzgados del ámbito civil. Capotillo< / span>

La Audiencia deberá sentar jurisprudencia para determinar si las entidades tienen que devolver las cantidades cobradas indebidamente

09 ene 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Decenas de pontevedreses permanecen expectantes ante la posibilidad de que los tribunales civiles anulen las cláusulas suelo que maniatan sus hipotecas. Fuentes judiciales destacaron que buena parte de estos procesos se empezaron a tramitar en los últimos compases del 2013 a raíz de trascendieran las primeras sentencias que daban la razón a los afectados frente a las entidades bancarias: «Fue como encender un reguero de pólvora», explicaron gráficamente estas fuentes.

De este modo, con el arranque del año, el Mercantil número dos había registrado ya una decena de asuntos, la mayoría de los cuales están pendientes de sentencia, mientras que el número uno manejaba una cantidad ligeramente inferior, aunque, en principio, con más sentencias dictadas. A estos procesos hay que sumar unas cifras parejas, según las estimaciones de abogados, procuradores y funcionarios judiciales, que se tramitan en cada uno de los cinco Juzgados de Primera Instancia de la capital provincial.

Estos últimos órganos asumen aquellos casos en los que los demandantes alegan vicios de consentimiento, esto es, que desconocían, ya fuera por no estar correctamente informados o «por equivocación de buena fe», la existencia de estas disposiciones en sus hipotecas. Por su parte, los Mercantiles resuelven asuntos en los que se pone en tela de juicio la cláusula por considerarla impuesta, abusiva y no equitativa, de tal modo que produce un desequilibrio entre las partes que han suscrito el préstamo.

Se estarían conculcando las condiciones generales de contratación, por lo que el conocimiento o no de la existencia de tales disposiciones vendría a ocupar un segundo plano con respecto a una presunta imposición en la negociación.

En cualquier caso, las resoluciones de estos juzgados, en su mayoría favorables a los demandantes, no son más que un punto y seguido. Los abogados han comprobado que los criterios que siguen los Mercantiles de Pontevedra y Vigo son diferentes, ya que los primeros asumen que las entidades deben reintegran el dinero cobrado de más y el olívico considera que no cabe hablar de retroactividad.

Es por ello que se espera que la Audiencia Provincial siente lo que se viene en denominar jurisprudencia menor y establezca cuál de estas interpretaciones es la correcta, de tal modo que sirva de guía para futuros procesos. El problema es que aún no se ha pronunciado porque no ha resuelto ningún recurso.