Acepta una condena por su «fijación recurrente» con una médica cuando estaban en Viana do Bolo

La Voz OURENSE / LA VOZ

VIANA DO BOLO

Agostiño Iglesias

El implicado se someterá a deshabituación alcohólica, pagará una multa, e indemnizará con 3.600 euros a la víctima, a quien no podrá acercarse en diez años

26 sep 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Un infierno sufrió una médica que entre los años 2015 y 2017 prestó servicio en el centro de salud de Viana do Bolo. Un paciente, con una «fijación recurrente», la tomó con ella durante ese período. Bebía. Podía acudir a la consulta hasta tres veces al día. Cuando ella se negó a darle los calmantes que pedía, el hombre empezó a insultarla, gritar, bracear y aporrear la mesa de la consulta, aparte de seguirla y vigilar sus movimientos fuera del lugar de trabajo. La médica acabó abandonado Viana do Bolo. Cambió de destino después de haber sufrido episodios de variada índole, incluyendo un proceder exhibicionista el 19 de septiembre del 2016. No aceptaba las indicaciones para someterse a tratamiento de deshabituación al alcohol y estuvo internado en más de una ocasión por intentos suicidas. La médica sufrió una notable tensión, con miedo, agravado por el proceder del acusado por el hecho de ser una persona de gran corpulencia.

Ignoró este hombre, además, las órdenes de protección que puntualmente le impedían acercarse a la médica. Ayer se enfrentó a una acusación por acoso y atentado a la profesional. Admitió lo ocurrió, reconoció su proceder y aceptó la condena, una vez que la fiscalía valoró como eximente incompleta su alcoholismo y trastorno orgánico de la personalidad. Consiste la pena en una pena de prisión de cinco meses y 29 días, multa de 600 euros, obligación de someterse a tratamiento médico externo durante seis años y prohibición de acercarse a la perjudicada durante diez años, cinco por cada uno de los delitos. Deberá, además, pagar una indemnización de 3.500 euros a la víctima de su proceder.

La fiscalía aceptó la suspensión de la condena, es decir, que no ingrese en prisión, con la condición de que haga frente a los compromisos de deshabituación y alejamiento, así como al pago de la indemnización, durante dos años y medio. Si no lo hace, se le revocará ese beneficio. En todo caso, si no cumple será acusado de quebrantamiento de condena.