Anulan el acuerdo de la junta de montes de Santa María de Cexo que aprobó una repoblación

La Voz OURENSE

VEREA

El juez de Bande estima parcialmente las peticiones de los opositores a la gestión de los rectores

31 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de Bande ha estimado parcialmente la demanda presentada contra el presidente de la comunidad de montes vecinales de Santa María de Cexo (Verea) y el secretario de este colectivo, anulando por irregularidades dos de las asambleas celebradas. En una de ellas, del 14 de junio del 2014, se había aprobado una repoblación del monte denominado Cardieira.

Una parte de los vecinos comuneros entendían que la asamblea se convocó incumpliendo los requisitos y que no se votaron los acuerdos. Reclamaban una compensación por los daños a la comunidad de 10.365 euros. El juez atendió la petición de que la asamblea fue convocada sin cumplir las formalidades, pero el togado entiende que la irregularidad principal para anular dichos acuerdos es que en el orden del día figuraban la aprobación de cuentas y la repoblación del monte, que era más bien una ratificación, pues los trabajos forestales ya habían comenzado. Los vecinos que se oponían a esta reforestación intentaron incluso parar a la maquinaria de una empresa contratada para hacer la plantación. Alegaban además que el presidente de la comunidad de montes, Juan Antonio Nogueiras, llevaba diez años sin convocar a los vecinos ni mostrarles las cuentas. El juez dio la razón a los demandantes en este punto, que la decisión de reforestar el monte no se había aprobado en asamblea como es preceptivo sino que «más bien parece una decisión tomada unilateralmente por los demandados en su calidad de miembros de la junta rectora». La reunión del 14 de junio, convocada al momento y con un orden del día que debía ser de una asamblea ordinaria, quedó anulada. En cambio, no considera acreditado el juez que no se votara en dicha reunión o que la mayoría de los vecinos se opusieran a la repoblación ni que se hubieran falsificado firmas. Respecto a la petición de daños, el juez no se pronuncia ya que dice que debe hacerlo la asamblea de comuneros.

La sentencia no ha cerrado la conflictividad, pues los opositores a la junta rectora se quejan de que esta ha decidido desde junio dos obras importantes sin informar a los demás ni dar cuentas.