Condenado a demoler su vivienda por haberla construido en una zona no urbanizable de Trasmiras

La Voz OURENSE / LA VOZ

TRASMIRAS

M. V.

El importe del derribo supera los doce mil euros

27 ene 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Por un delito contra la ordenación del territorio ha sido condenado un acusado que, según ha quedado probado, edificó una vivienda unifamiliar en el concello de Trasmiras, «a sabiendas de que carecía de la preceptiva licencia municipal» y en un terreno no urbanizable.

Así lo recoge la sentencia dictada por la magistrada del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense, que una vez más ha tenido que pronunciarse sobre ilegalidades urbanísticas registradas en la provincia. En este caso, se trata de una construcción promovida por Remigio P. R. entre los años 2010 y 2013. Él mismo admitió en el juicio por este asunto que encargó la construcción de una vivienda unifamiliar de planta baja, con paredes enfoscadas y pintadas y tejado a dos aguas en una finca situada en ese municipio, y que lo hizo a pesar de que no tenía licencia para ello. Es más, en la resolución, sobre la que ya no cabe recurso alguno, se recoge que los terrenos en los que se llevaron a cabo las obras no reunían los requisitos para merecer la condición de suelo urbano consolidado, ni estaban incluidos en la delimitación de suelo de núcleo rural. La togada tampoco pasa por alto que la edificación «no es legalizable ni susceptible de serlo».

Prisión y multa

Así las cosas, condena al propietario de la vivienda, si bien la pena queda atenuada por las dilaciones que ha sufrido el caso. Afrontará, por tanto, nueve meses de prisión, que no cumplirá si no delinque los próximos dos años, y tendrá que pagar a la justicia una multa de 1.620 euros.

A mayores, se ha acordado que «proceda a la demolición de lo ilícitamente construido, reponiendo la finca a su estado original», dice el fallo, que también cuantifica en 13.509 euros los datos del derribo de la casa.