El condenado por estrangular a Laura Alonso en Toén en 2009 pide empezar a salir de la cárcel

La Voz OURENSE

TOÉN

Santi M. Amil

Javier Cruz ha obtenido en Pereiro luz verde para sus primeros permisos penitenciarios

04 oct 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La muerte de la joven Laura Alonso y el hallazgo posterior de su cadáver a finales de agosto del 2009, estrangulada por quien había sido su novio, Javier Cruz, dio lugar a una condena firme a quince años de prisión para este último, a quien un jurado halló culpable en septiembre del 2012. La magistrada que entonces presidió el tribunal del jurado concluyó, de acuerdo con la impresión de los nueve ciudadanos a quienes correspondió valorar los hechos, que se trataba de un asesinato y fijó la pena en 18 años de prisión. Unos meses después, febrero del 2013, el Tribunal Superior de Galicia rebajó la condena a quince años, al estimar que fue un homicidio y no un asesinato. Firme la sentencia en aquel verano, al ser confirmada por el Tribunal Supremo, al autor de aquella muerte le quedaban por delante 4.002 días de privación de libertad según la liquidación de condena de 19 de septiembre del 2013. No ha cumplido la mitad, pero ha solicitado su primer permiso. En el centro penitenciario de Pereiro, donde entró en prisión preventiva el 1 de septiembre del 2009, han informado favorablemente una propuesta cuya eficacia depende ahora del juzgado de vigilancia penitenciaria.

La decisión de la junta de tratamiento de Pereiro, aun cuando este asunto se está gestionando con extraordinaria discreción, ha abierto un camino de controversia, que, con toda seguridad, se pondrá de manifiesto tan pronto como se conozca la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Galicia, con sede en Lugo, al que corresponde un caso que dará pie a la polémica por las circunstancias que rodearon aquel suceso.

El hecho de que el acuerdo se hubiera tomado en una reunión extraordinaria, en verano y sin la totalidad de los miembros de la junta de tratamiento, sumado al hecho de que parte de los asistentes hubieran hecho constar su posición contraria, enrarece la primera impresión favorable. Fuentes conocedoras de la mecánica penitenciaria ven sorprendente una decisión, que se ajusta a la legalidad, según matizan, pero difícil de explicar en un caso de homicidio que había generado una gran alarma social por las circunstancia que lo rodearon.

Abogados con experiencia en este ámbito dicen que es totalmente inusual ver acuerdos de la junta de tratamiento penitenciario en los que haya abiertas discrepancias entre sus miembros. Que haya un voto particular entra dentro de lo normal, pero que las posturas sean tan diferentes se sale de lo que es habitual. Las mismas fuentes añaden, además, que en condenas por delitos de sangre, casos como el de Laura Alonso que en su día tuvieron una gran repercusión pública y generaron una notable alarma social, los permisos se conceden de forma muy limitada y cuando ya está cumplida gran parte de la condena y no solo el porcentaje legal para solicitarlo. Que se trate de un recluso con un buen comportamiento, como parece que es el caso, no es suficiente.

Si el juzgado aceptara la concesión de permisos, el hombre que estranguló a Laura Alonso en la madrugada del 24 de agosto del 2009 podrá disfrutar de un máximo de 36 días al año de permiso, con períodos de hasta siete. Lo habitual en la prisión de Pereiro es que las primeras salidas se limiten a no más de tres jornadas.

Laura Alonso había desaparecido la madrugada del domingo 24 de agosto del 2009. Su cadáver apareció el sábado siguiente tras unos días de intensa búsqueda y un muy concienzudo trabajo de la Guardia Civil.

El asesinato pasó a ser homicidio y los 18 años de cárcel quedaron en 15

La relación de hechos probados, redactada a partir de la impresión del jurado y refrendada por el TSXG y por el Supremo, dice que Laura y Javier concertaron una cita en una nave del Concello de Toén a la que cada uno llegó en su propio coche. Laura fue al vehículo de Javier. Discutieron y él la mató «estrangulándola a lazo con una chaqueta negra». Posteriormente se deshizo del cadáver. Lo arrojó al monte y dejó pistas falsas, que incluyeron el traslado del coche de ella a otro lugar. También se deshizo de piezas del teléfono en diferentes lugares. La agresión se produjo en un momento y en un lugar en el que ella no podía recibir ayuda, «debilitando la defensa que pudiera hacer y facilitando la impunidad». Abusó de su superioridad física y la confianza d mantener desde hacía años «una relación de afectividad». Aunque inicialmente condenado a 18 años de cárcel por asesinato, la sentencia definitiva fijó el delito el homicidio y la pena en 15 años de prisión.