Le piden ocho meses de prisión por un incendio que se originó al quemar maleza en una finca

La Voz OURENSE / LA VOZ

SARREAUS

Álvaro Vaquero

Los particulares perjudicados por las pérdidas en una hectárea de monte no reclaman nada

31 oct 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Aún no apagados los ecos de la última oleada de incendios forestales, difícil y compleja como es la investigación de este tipo de sucesos, los procedimientos judiciales por hechos de este tipo siguen siendo pocos. La mayoría, además, no pasan de la imprudencia y la negligencia. Los más graves, aquellos en los que se presume una mano criminal consciente, quedan casi siempre impunes. El juzgado de lo Penal número 1 acogió ayer la vista de un caso que responde a un incendio que se produjo en mayo del pasado año y ha llevado al banquillo a un hombre de 78 años. El proceder del acusado, aun cuando la sentencia acoja la tesis de la fiscalía, no tendrá más castigo que ocho meses de prisión, una multa de 1.440 euros y el pago a la Xunta de 766,62 euros por el trabajo realizado por los servicios de extinción de incendios.

El fuego había arrasado en su día más de una hectárea de monte arbolado, con las consiguientes pérdidas económicas para los titulares de las fincas afectadas por las llamas. A pesar de ello, como es frecuente en este tipo de procedimientos penales, ninguno de los propietarios perjudicados reclama indemnización alguna.

Mayo del 2016

El incendio se había producido sobre las ocho menos cuarto de la tarde del 4 de mayo del 2016. José S. S. prendió fuego en una finca de su propiedad situada en la localidad de O Cortello, en el municipio de Sarreaus. Pretendía quemar maleza, el fuego se descontroló y se propagó a terrenos próximos para destrozar algo más de una hectárea de superficie arbolado. La imprevisión fue determinante, a juicio del ministerio fiscal, para que el suceso para de ser un accidente para entrar en la categoría del delito.

Omitió las «más elementales normas de cuidado», según dice el escrito de acusación. Los restos que pretendía quemar no estaban ni cortados ni amontonados. Tampoco había hecho una limpieza alrededor de la zona donde iba a prender fuego. Y además estaba solo y carecía de medios para atacar las llamas ante una eventual propagación. Precisa la fiscalía, además, que las condiciones meteorológicas eran favorables a la propagación de las llamas, como la realidad se empeñó en demostrar. La suma de temperatura, humedad y probabilidad de ignición de un 30 % elevaba el índice de peligro al nivel de prealerta, aun cuando no era una época que el calendario ya señalara como de alto riesgo, al igual que ha ocurrido en este octubre, un mes inusual para los grandes incendios.

La fiscalía considera que el proceder de este septuagenario constituye un delito de incendio imprudente y propone una condena atenuada de ocho meses de prisión, cuando, de no concurrir la circunstancia específica de la imprudencia, la pena de prisión sería de uno a cinco años.