Pegar a su vecino en Padrenda tras haberlo insultarlo la víctima le costará dos años de cárcel

La Voz OURENSE / LA VOZ

PADRENDA

El acusado, durante el juicio celebrado en mayo del 2021 en el Juzgado Penal 1 de Ourense
El acusado, durante el juicio celebrado en mayo del 2021 en el Juzgado Penal 1 de Ourense Miguel Villar

La jueza del caso ve «hirientes» los comentarios que profirió el denunciante al agresor y valora esto como atenuante

09 jul 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

En dos años de prisión ha quedado fijada la condena para un vecino de Padrenda al que se ha considerado responsable de haber agredido con un palo a su vecino tras golpearlo con el coche y provocar que cayera al suelo. La sentencia tiene en cuenta que el investigado, Joaquín N. F., actuó con alevosía, si bien también valora que estaba ofuscado por los insultos vertidos por la víctima contra él y su familia días antes.

El incidente ocurrió a primera hora de la tarde del 9 de junio del 2019, cuando ambos coincidieron en un camino. El agresor detuvo su coche y se bajó para hablar con la víctima, que iba a pie, y ha quedado probado que discutieron. Luego el perjudicado siguió su camino, pero el acusado regresó a su coche, arrancó y alcanzó al otro. Luego se bajó con un palo en la mano y comenzó a pegarle. «Me dio hasta que se cansó», aseguró la víctima en el juicio. El agresor no quiso declarar ante la jueza, pero sí lo hizo su psiquiatra, que encajó el incidente en la consecuencia de una provocación previa. «El otro insultó a su mujer y eso lo enervó de tal manera que saltó», dijo el perito, describiendo lo ocurrido como «un acto impulsivo en cortocircuito». La jueza también ha entendido así lo ocurrido. Cree que las palabras de la víctima al acusado fueron «lo suficientemente hirientes para desencadenar la respuesta», lo que le sirve como circunstancia atenuante. Pese a todo, ordena la magistrada que el acusado no se acerque a la víctima durante tres años y medio y que lo indemnice con 30.000 euros. El fallo se puede recurrir a la Audiencia Provincial.