Un sexagenario afronta una multa de 2.160 euros por acercarse al bar de Vilardevós del que tenía una orden de alejamiento

La Voz OURENSE / LA VOZ

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Pasillos del eficio del tribunal de instancia de Ourense.
Pasillos del eficio del tribunal de instancia de Ourense. M. FERNÁNDEZ

El sospechoso fue detenido a menos de 50 metros del establecimiento y lo detuvieron los agentes de la Guardia Civil

04 jul 2026 . Actualizado a las 22:38 h.

Un delito de quebrantamiento de condena. Es el cargo por el que se condena a un hombre que, ante la magistrada, admitió haber incumplido una orden de alejamiento. En este caso, la medida judicial no afectaba a una persona, como suele ser habitual, sino a un establecimiento público. En concreto, se trataba de un bar. Así lo recoge la sentencia dictada por la titular de la plaza 2 de la sección penal de Ourense, contra la que ya no cabe recurso alguno al haberse mostrado el acusado conforme con ella. Queda acreditado que el sospechoso, de 63 años, fue condenado en julio del 2025 por el tribunal de instancia de Verín.

La resolución recogía, entre otras medidas, que no podría estar a menos de 50 metros de un bar situado en Arzádegos (Vilardevós), si bien pocas semanas después, en el mes de agosto de aquel mismo año, incumplió ese mandato. Fue visto a menos de veinte metros del establecimiento por varios testigos, un hecho que fue confirmado también por los agentes de la Guardia Civil, que lo detuvieron allí mismo tras ser alertados. Se da la circunstancia de que no es la primera vez que el hombre comete un delito de este tipo, por lo que en este caso se le ha aplicado la circunstancia agravante de reincidencia. Su falta de respeto ante la resolución judicial le supondrá ahora el pago de una multa de 2.160 euros.