Condenado por estafa un acusado que compró productos de hostelería por valor de 21.000 euros y entregó pagarés sin fondos a su cliente
OURENSE CIUDAD

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Ourense imponen cinco meses de cárcel al investigado, al que en el juicio se describió como «un profesional del impago»
05 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.«Nos encontramos ante un delito de estafa». Así de claro lo tienen los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense, que han condenado al representante legal de una empresa de suministros de hostelería de O Barco por engañar a un cliente al que le hizo pedidos por valor de más de 20.000 euros. A pesar de que en el juicio el acusado, Alberto F. T., atribuyó los impagos a una situación puntual de falta de fondos, los togados creen que nunca tuvo intención de abonar lo que compró y le imponen una condena de cinco meses de prisión. A mayores, deberá indemnizar al perjudicado.
Así lo recoge la sentencia, consecuencia de unos hechos ocurridos en los últimos meses del año 2018. El acusado contactó con una firma ubicada en Vigo y le hizo un pedido de distintos artículos valorados en 4.228 euros. Efectuó el pago en tiempo y forma, lo que motivó que el vendedor confiara en su solvencia y accediera a enviarle otros tres encargos de distinta mercancía, valorados en 21.000 euros. «Me devolvieron los pagarés y nunca llegué a cobrar nada», explicó el perjudicado durante el juicio, asegurando que posteriormente tuvo conocimiento de que su cliente también había tenido problemas similares con otros proveedores. «Nos enteramos de que ya había hecho lo mismo otras veces», aseguró, insistiendo en que desde entonces el acusado no hizo nunca ningún intento por zanjar la deuda. Otro empresario, en este caso dedicado a la venta de productos químicos para limpieza, confirmó que también a él le debe dinero el sospechoso. «Me entregó pagarés pero nunca he cobrado nada», dijo, advirtiendo que presentó denuncia y que el caso está pendiente de resolverse.
Para el tribunal encargado de ver este caso, estos testimonios tienen total valor probatorio. «No solo se está en presencia de un mero incumplimiento contractual», advierten, viendo claro que el acusado siguió el mismo modus operandi con otras empresas suministradoras de material de hostelería, a las que también encargó productos, ofreciendo como forma de pago unos pagarés para los que no tenía fondos. «La insolvencia que el acusado sitúa en el año 2019, no se produjo en tal momento pues ya a finales del año anterior dejó sin atender el pago que otros proveedores le reclamaban», entiende el tribunal, que ante esta situación considera que «cabe interferir que simuló una solvencia de la que carecía». Los togados también ven acreditado que el sospechoso hizo todo lo posible por ganar tiempo con los proveedores para «hacer suyas las mercancías sin abonar suma alguna por las mismas».
Ante esto, consideran probada la estafa «en la modalidad de negocio jurídico criminalizado» y condenan al sospechoso, si bien no encuentran evidencias del tipo agravado del delito que apreciaba la acusación particular, ejercida por el empresario con el que el sospechoso contrajo la deuda. «Solo consta una relación comercial entre las empresas», advierten los togados sobre esto.
En la vista el ahora condenado había negado que su intención fuera la de engañar. Aseguró que fue el denunciante quien le pidió los pagarés y que cuando los firmó confiaba en que tendría fondos suficientes para garantizar los pagos a su proveedor. Luego, dijo, le cambiaron las tornas. «Estaba pendiente de cobrar dinero de unos clientes pero no me pagaron y tuve problemas de tesorería», argumentó, asegurando que la llegada de la pandemia empeoró aun más una situación financiera que a día de hoy sigue sin remontar. «Si tuviera dinero pagaría, yo nunca quise engañar a nadie», aseguró en varias ocasiones. Los jueces tumban ahora este argumento y hacen suyos los del fiscal del caso, que describió al acusado como «un profesional del impago» y dijo que su conducta no se debe a que no tiene dinero. «Es que no paga nunca», afirmó.
La resolución, sobre la que cabe presentar recurso ante el TSXG, contempla que el acusado indemnice al perjudicado con 21.672,37 euros.