Colgó en Facebook una foto de su hijo de siete años desnudo y con una erección para que sus familiares lo vieran

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE

OURENSE CIUDAD

Usuarios de las redes sociales delante de un logo de Facebook
Usuarios de las redes sociales delante de un logo de Facebook Dado Ruvic | REUTERS

El progenitor fue acusado de un delito de pornografía infantil pero la jueza lo exonera al no creer que actuara «con fines sexuales»

02 jun 2023 . Actualizado a las 16:42 h.

La difusión de imágenes de niños menores de edad a través de las redes sociales es relativamente habitual. Son los propios padres los que no tienen reparos en muchos casos en colgar instantáneas de sus familiares, pero a veces se cruzan límites que pueden vulnerar la legalidad y llevar a los adultos ante un tribunal. 

Esto fue lo que le pasó a un hombre que el pasado mes de enero fue juzgado en la capital de Ourense. Al progenitor, de 30 años, se le imputaba un delito de exhibición de pornografía infantil por haber publicado en Facebook una foto de su hijo de 7 años especialmente comprometida. Así, el menor aparecía desnudo y con una erección.

La imagen provocó que dentro de la propia red social se activara una alerta que fue comunicada al Nemec. Se trata de una organización no gubernamental que tiene conciertos con estas plataformas y a la que se derivan avisos de contenidos pornográficos. En este caso, y ante el carácter de la foto, se sospechó de un interés pedófilo y se alertó desde esa oenegé a la Policía de Ourense. 

Así lo explicaron en el juicio los agentes. Aseguraron que tras recibir el aviso entraron en el perfil del acusado y la foto ya no estaba, ya que la red social la había retirado. Eso sí, la constancia de la publicación de la imagen la tenían a través del Nemec, por lo que citaron al progenitor en la comisaría. Pronto llegó la imputación y el juicio, en el que la Fiscalía de Ourense pidió para él una condena de un año y medio de prisión

Pero la magistrada del Juzgado de lo Penal 1 de Ourense, encargada de ver este caso, acaba de absolver al investigado. En la sentencia, notificada esta misma semana, la togada sostiene que la publicación de la foto no se hizo «con fines sexuales» ni de distribución pornográfica. Y es que durante el juicio el propio progenitor explicó el contexto en el que se produjeron los hechos. Relató que había colgado la foto para que la vieran sus familiares, y admitió que habitualmente suele colgar instantáneas de sus descendientes tanto en esta red social como en Instagram o Tik Tok. Señala la sentencia que el acusado argumentó que quería que sus allegados vieran cómo se había despertado su hijo y de ahí su forma de actuar.

La jueza Blanca Díez también ha tenido en cuenta que en el perfil del progenitor, originario de Rumanía, apareciesen muchas otras fotos de sus hijos, de tono nada  comprometido, y que no hubiese utilizado ningún programa o archivo para compartir esa imagen «con personas ajenas a sus familiares». Así las cosas, no lo ve culpable de delito alguno.