Condenado un conductor que se negó a hacer el test de alcohol en Ourense alegando que solo tiene un pulmón

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Imagen de archivo de vehículos de la Policía Local de Ourense
Imagen de archivo de vehículos de la Policía Local de Ourense BRAIS LOUREDA

La magistrada no ve pruebas de que el acusado, en estado de embriaguez, no tuviera capacidad física para hacer la prueba

19 may 2022 . Actualizado a las 18:21 h.

No podía hacer la prueba de alcoholemia porque solo tiene un pulmón. Es la excusa que un conductor ofreció a los agentes de la Policía Local de Ourense que el 18 de diciembre del 2020 le conminaron a realizar la prueba del etilómetro. Los funcionarios uniformados le habían dado el alto al turismo que conducía después de comprobar que circulaba de forma «errática» por la capital y que no utilizaba el intermitente para realizar una maniobra. Nada más pararlo, los agentes ya sospecharon que iba borracho. Según hicieron constar en el atestado, desprendía un fuerte olor a alcohol y, tras apearse del coche por voluntad propia, demostró que apenas podía mantener la verticalidad del cuerpo.

Así las cosas, los agentes le informaron de que debía soplar, recibiendo entonces el pretexto médico, del que también dejaron constancia en su informe. No obstante, los agentes siguieron insistiendo y advirtiendo al individuo de que no hacer el test de alcohol es delito. Lograron que soplara una vez. Dio positivo, pero no quiso hacer el segundo intento y los agentes lo denunciaron al juzgado. El asunto no quedó ahí, ya que cuando se acercó a los agentes sin llevar la mascarilla obligatoria y estos pusieron una mano para evitar el contacto directo, el automovilista le dio a uno de ellos un bofetón y a otro un manotazo. La cosa ya no podía empeorar más.

Ahora, ya hay respuesta penal por aquel incidente. En la sentencia, la magistrada es clara respecto a la excusa de salud que puso el José Claudio N. Q. para no hacer el test de alcohol. «No ha quedado acreditado que careciera de capacidad pulmonar suficiente para realizar las pruebas», recoge en la sentencia, que echa en falta que el acusado presentara informes médicos que acrediten tal dolencia. En cambio, sí ve claro que sus facultades estaban afectadas a causa de la ingesta de alcohol. Aprecia también pruebas la jueza para considerar probada la agresión del investigado hacia los agentes uniformados, por lo que no le cabe más opción de condenarlo. Por el delito contra la seguridad vial derivado de no hacer el test se le imponen seis meses de prisión, pero además se le condena por otro delito vial, por conducir borracho. Por esto último, pagará una multa y se verá privado del permiso durante dos años y medio. El bofetón al agente le costará otro medio año de reclusión.