La Audiencia absuelve al exalcalde de Ourense, Manuel Cabezas, de prevaricación y malversación
OURENSE CIUDAD

El juez entiende que su actuación en el caso del 10 % de las cesiones urbanísticas no fue «injusta ni arbitraria». El fallo también deja libre al exedil de Urbanismo, Ricardo Campo Labrador. «Han sido más de siete años de calvario judicial», dice la defensa del exregidor
01 feb 2022 . Actualizado a las 15:05 h.La Audiencia de Ourense acaba de notificar su sentencia sobre el conocido como el caso del 10 % de las cesiones urbanísticas en el Concello de Ourense. El juicio, que había sentado en el banquillo de los acusados al exalcalde de Ourense, Manuel Cabezas, y el exconcejal de Urbanismo, Ricardo Campo Labrador, se cierra con la absolución de los dos acusados por presuntos delitos de prevaricación y malversación. La resolución judicial entiende que la actuación de los dos expolíticos del Partido Popular no tuvo «el carácter injusto y arbitrario» denunciado por la acusación particular y por la Fiscalía de Ourense, que solicitaba una pena de siete años de prisión para ambos acusados.
En una resolución de cincuenta folios, la Audiencia de Ourense otorga un papel fundamental a los informes de los técnicos municipales del Concello de Ourense en los que se daba el visto bueno a los expedientes urbanísticos que concedían el 100 % de los aprovechamientos urbanísticos a los constructores: «Los acusados actuaron siguiendo el criterio que los técnicos expresaron en sus informes, en los que proponían la aprobación de los proyectos de la junta de compensación». Para los magistrados no es suficiente con que esos informes incluyeran advertencias de que se incumplía la ley del suelo del año 1997 al dar validez a un acuerdo plenario previo de 1994 en el que se eximía a los constructores de pagar esos aprovechamientos. «No existiendo propuesta desfavorable a la aprobación de los proyectos en ninguno de los informes emitidos, no cabe concluir que los acusados fuesen conscientes del carácter arbitrario o ilegal de la aprobación del proyecto», razona el fallo judicial. Entienden, por tanto, que no ha resultado acreditado que los dos investigados, como integrantes del pleno y de la Junta de Gobierno Local, se aprovechasen de sus cargos para un enriquecimiento injusto.
Otro de los argumentos de la Fiscalía de Ourense y de la denunciante, la exedila de Urbanismo del Concello de Ourense, Áurea Soto (PSOE), para pedir siete años de prisión para el exalcalde Manuel Cabezas se basaba en el hecho de que durante el período objeto de la denuncia se habían aprobado expedientes en que sí se exigía ese 10 % de compensación. La Audiencia considera probado que ese doble criterio obedeció a la interpretación del acuerdo plenario de 1994 y que, por tanto, hay una justificación que excluye la existencia de arbitrariedad.
Los quince proyectos urbanísticos que llevaron al banquillo de los acusados a Cabezas y Campo Labrador salieron adelante entre los años 1997 y 2003, época en la que el PP gobernaba con mayoría absoluta en la ciudad de Ourense. Contra el fallo judicial que absuelve a Cabezas y a Campo Labrador cabe interponer un recurso de casación en el plazo de cinco días.
Siete años de investigación
Tanto la acusación popular como la Fiscalía de Ourense tienen la opción de presentar recurso contra la sentencia de la Audiencia provincial, pero la exoneración de Manuel Cabezas de los delitos de prevaricación y malversación, por los que pedían para él penas de siete años de prisión, supone un fortísimo, y quizás definitivo, balón de oxígeno para el exalcalde del PP tras un proceso judicial que se remonta al 2014.
Fue ese año cuando la edila socialista Áurea Soto presentó una querella en su contra, advirtiendo la posible existencia de delito en la no exigencia del 10 % del suelo a promotores que habían desarrollado proyectos urbanísticos en la capital entre 1997 y el 2003. La denuncia recayó en el Juzgado de Instrucción número 1, que tiempo después acordó archivarla, con la aquiescencia de la Fiscalía, que no veía motivos para acusar.
Parecía que la historia acabaría ahí, pero la Audiencia atendió el recurso de Soto y ordenó reabrir el caso, que pasó entonces a manos de otra magistrada que llegó a imputar a toda la junta de gobierno que había aprobado el acuerdo que avaló la exención.
También varió la postura de la Fiscalía, que en el 2019 presentó escrito de acusación contra Cabezas y su exedil de urbanismo, Campo Labrador, tras quedarse en el camino el resto de los imputados. El caso fue quemando etapas hasta llegar a juicio el pasado 17 de enero, pero antes hubo que resolver las recusaciones presentadas por la defensa del exregidor contra el tribunal designado para juzgarlo, al que veía «contaminado». Logró que se apartaran del caso aquellos togados y se nombrara, algo nunca visto antes, a un tribunal civil. En el camino, el juzgado ordenó el embargo de bienes por valor de dos millones de euros al político, en aras de garantizar posibles multas. «Han sido más de siete años de calvario judicial», dijo el abogado de Manuel Cabezas durante la vista. Ayer, tras conocer el fallo, el exalcalde admitió «no ser capaz» aún de comentarlo.