Tres años de cárcel por llevar un paquete de droga creyendo que era un regalo de boda

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Santi M. Amil

Los jueces no se creen la «ignorancia» del acusado que quería enviar cuatro gramos de cocaína por tren desde O Barco

24 dic 2021 . Actualizado a las 09:35 h.

Las alegaciones expuestas en el juicio por un acusado que dijo que no sabía que un paquete que quería enviar por tren desde O Barco hasta la ciudad de A Coruña contenía droga no le han servido de nada. Los magistrados de la Audiencia provincial de Ourense ven probado que Gabriel P. H. sabía que lo que iba a mandar a través de una viajera que se ofreció a ello no era una figura de artesanía para un regado de boda, sino cuatro gramos de cocaína, y le han impuesto una condena de tres años de prisión, además de una multa de 500 euros.

Así lo recoge la sentencia notificada este mismo jueves a las partes. En ella, echan por tierra los magistrados la excusa de la ignorancia, en la que se basó la defensa del acusado. «No se puede aplicar la doctrina de la ignorancia, al considerar que era conocedor de la sustancia que transportaba, o que lo hubiera podido ser si hubiese desplegado la mínima diligencia, al proceder de un consumidor, enviarse a otra persona que también lo era, y presentar el paquete unas características que difícilmente lo hacían compatible con el traslado de un artesanato», argumentan los togados, que también tienen en cuenta que el sospechoso, al que en la comarca se le conoce como Bambi, había reconocido tras su arresto que dentro del envío había cocaína. Advierten los togados que un paquete pequeño y de escaso peso, difícilmente podía confundirse con una figura. Precisamente, esa pequeña envergadura fue la que hizo sospechar a la mujer que se ofreció a llevarlo a la ciudad herculina.

No caben pues los argumentos exculpatorios en una conducta que se engloba en el transporte de las sustancias estupefacientes y, por tanto, debe ser castigada, tal y como ya lo había solicitado en su día el Ministerio Fiscal. «La falta de contraprestación económica en la acción realizada no excluye la tipicidad del hecho», advierten los togados.