Absuelto de violar a una joven en Ourense por las «dispares versiones» de la denunciante

La Voz OURENSE

OURENSE CIUDAD

Miguel Villar

El acusado se exponía a cinco años de cárcel, pero el tribunal de la Audiencia careció de «convicción» para condenarle

03 nov 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a Martín C. B., acusado de agredir sexualmente a una mujer en un rellano del edificio donde él residía con su familia. La Sala considera que carece «de una convicción fundada» para dar los hechos juzgados por probados, por lo que, en aplicación del principio in dubio pro reo, absuelve al acusado. El testimonio de la denunciante, según el tribunal, «se diluye por la falta de persistencia en la incriminación y la falta de coherencia externa en determinados aspectos esenciales».

Sí se consideró probado, en la vista oral celebrada el 14 de octubre del 2021,  que hubo una relación sexual entre ambos. El acusado había conocido a la joven esa misma noche, el 13 de septiembre del 2019, en la discoteca Luxus, en el centro de Ourense. Allí, la pareja habló e intimó, besándose. «En un momento dado el acusado metió su mano debajo de la falda con vuelo de (ella). diciéndole esta que no lo hiciese», relata la sentencia. Salieron caminando del local y llegaron a un portal que el hombre abrió, pues era el edificio en el que él vivía con su familia. La mujer dudó, se echó atrás, pero él la convenció diciéndole que « no iba a pasar nada que ella no quisiese». Ella subió «voluntariamente» hasta la primera entreplanta. «Una vez allí y sin que conste acreditado que el acusado hubiese empleado fuerza física ni coacción como tampoco que ella hubiese exteriorizado su oposición a mantener  relaciones sexuales ni repelido el contacto físico con el acusado», comenzó el acto sexual, que terminó con él eyaculando en su interior y sin haber usado preservativo.

La mujer salió «apresuradamente» y les escribió por Whatstapp a dos amigos, pidiéndoles que fueran donde ella estaba. La encontraron sollozando en el rellano de un local comercial. Ella les dijo que el hombre la había tirado al suelo y violado. Este apareció poco después, comiendo una bolsa de patatas y preguntando qué pasaba.

En el centro médico al que ella acudió para que le dieran la píldora poscoital se activó el protocolo de atención a víctimas de agresiones sexuales.  La policía la trasladó al CHUO y un forense la reconoció. «En la exploración física genital y perigenital no apreció lesiones ni erosiones; en la exploración física general no apreció lesiones en el cuello ni en región facial, en la cara posterior de la pierna derecha a nivel de rodilla hay una tenue erosión», recoge la resolución.

La mujer estuvo unos tres meses en el programa de la Xunta de atención psicológica para víctimas de violencia machista y en enero del 2020 se le pautó medicación ansiolítica. La sentencia reconoce que la denunciante presenta un trastorno de estrés postraumático moderado pero no considera probado que fuese a causa de una violación.

En el juicio, la joven sostuvo que le dijo varias veces que no quería acostarse con él, que le apartaba la cara cuando él la besaba y que lo apartaba con las manos pero que él hacía caso omiso y que incluso la agarró por el cuello y le pegó una bofetada. El acusado, por el contrario, aseguró que había sido una relación sexual consentida.

El alcohol no influyó

El tribunal tuvo en cuenta la tasa de alcoholemia de la mujer, cercana al nivel que se considera delito por ejemplo para conducir un vehículo. Recoge el argumento de la defensa del acusado, que se apoyó en esta analítica para desvirtuar el testimonio y los recuerdos de la denunciante. Según el defensor, la ingesta de alcohol le impedía a la mujer precisar qué recorrido hizo la pareja hasta el edificio, quién se quitó la ropa primero o en qué momento le propinaron la bofetada. Sin embargo, el juez ponente (Antonio Piña) determina que tanto el acusado como la denunciante declararon ser conscientes de lo ocurrido.

El sospechoso, que se declaró inocente, contó en el juicio que ambos se quitaron la ropa el uno al otro, que ella subió las treinta escaleras ante el rellano donde se tumbaron de forma voluntaria y que ella lo acariciaba y lo besaba. Según él, la mujer nunca le dijo que no ni le hizo un gesto de rechazo. El acusado afirmó incluso que le repugnan los violadores, según aparece en la sentencia.

La versión de ella fue contraria. Aseguró que mientras subían las escaleras, él le iba quitando la ropa y en ese momento ella ya le dijo que no quería seguir. La mujer afirmó que lloró y apartó la cara, pidiéndole insistentemente que parase. Estando él sobre ella, el acusado le dio una torta y le dijo "puta, yo sé que te está gustando", declaró a preguntas de las acusaciones. 

El juez interpreta que la denunciante ofreció «dispares versiones sucesivas» y que su relato adolecía de «la necesaria persistencia en la incriminación como también de la falta de concordancia entre el episodio agresivo que ella relata y los vestigios físicos en los términos que se exponen». El tribunal sostiene que la mujer incurrió en contradicciones a lo largo de sus declaraciones ante la policía, el médico forense o la juez instructora. La Sala tuvo en cuenta la contradicción entre el testimonio de la joven y lo que dijeron sus amigos, según lo que ella les contó aquella noche. No quedó claro para el tribunal el uso de la violencia física por parte del acusado ni en qué momento del encuentro se usó la fuerza. Divergían las versiones de una y otros. Lo que sí se considera prueba, de que no hubo agresividad, fue que el forense no reflejara ninguna lesión en la exploración que le hizo a la chica tres horas después del acto.

El tribunal considera que la reacción de la joven tras la relación, marcharse apresuradamente, estar conmocionada ante sus amigos y sufrir estrés postraumático, podrían ser cargos contra el acusado.