El juez ve homicida la conducta de un hombre que causó un choque mortal

Marta Vázquez Fernández
m. vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Cedida

El acusado iba a gran velocidad, había tomado drogas y alcohol,  y no tenía carné

09 jul 2020 . Actualizado a las 19:27 h.

El pasado 7 de septiembre, minutos después de las once de la mañana, el conductor de una motocicleta fallecía tras ser víctima de un brutal accidente en la N-525, en Rabo de Galo (Ourense). Otro automovilista, a bordo de un coche y circulando a gran velocidad, colisionó por alcance contra él y pese a la gravedad del choque, se dio a la fuga. Ahora ese hombre, que se entregó voluntariamente a la policía dos días después del suceso y que trató de excusarse con una coartada, podría tener que afrontar serias consecuencias penales por aquello.

Y es que el juez que ha llevado la instrucción del caso no solo no se cree su versión exculpatoria, sino que además considera que actuó de forma homicida al ponerse al volante de un coche tras haber tomado drogas y alcohol, sin tener el carné de conducir, y circulando a una velocidad de unos 125 kilómetros por hora en una zona con limitación a 60. Tal cóctel de circunstancias no podía aventurar nada bueno.

Y por ello, cree que el magistrado que los hechos que cometió son constitutivos de un delito de homicidio doloso, otro de omisión del deber de socorro y dos más contra la seguridad vial, uno de ellos por conducir bajo los efectos de alcohol y drogas y otro más por no tener permiso de circulación. «No hay motivos para pensar en este momento procesal que Carlos P. P. tuviese intención clara y directa de quitar la vida a J. G. D., pero sí para pensar que cuando una persona conduce a una velocidad muy superior al límite señalado por la vía por la cual circula con su vehículo y además tras consumir alcohol y sustancias estupefacientes, es normal que el investigado represente la posibilidad de que con esa conducta cause algún daño semejante al que de hecho se produjo», recoge el auto, que aprecia «dolo» en el proceder del imputado y acuerda el envío de las diligencias a la Audiencia provincial, que se encargará de juzgar este caso, ya que el delito más grave que se atribuye al acusado contempla entre 10 y 15 años de prisión.

Una encubridora

Y no se sentará solo Carlos P. P., de 35 años, en el banquillo de los acusados. El juez instructor ha señalado también el camino a ese lugar para Josefa P. G., conocida en ámbitos policiales como Pucha e imputada en la operación Zamburiña, la causa en la que se juzgará a policías acusados de colaborar con narcotraficantes.

Así, el magistrado cree que Pucha mintió cuando se presentó en la comisaría el 9 de septiembre para decir que el día de los hechos había estado con el conductor causante del mortal accidente. Aseguró Josefa P. G. que sobre las once de la mañana del 7 de septiembre se marchó con Carlos P. P. a su casa, situada en Barbantes, permaneciendo los dos en ese domicilio hasta las seis de la tarde. Después, sostuvo la mujer, ambos se fueron a Ribadavia «a comer pulpo». El juez cree que nada de eso ocurrió realmente y considera que Josefa actuó «a sabiendas de que su relato no se ajustaba a la realidad y con la única intención de servir de coartada a Carlos P. P.». Por ello, cree que debe ser juzgada por un delito de encubrimiento, que contempla penas de entre seis meses y tres años de cárcel. En su auto, el juez solicita que se de parte al Ministerio Fiscal, para que presente el escrito de acusación, en el que ya quedarán concretadas las penas para cada uno de los investigados.

No irá al jurado

En su informe el juez recuerda que aunque para los delitos de homicidio el procedimiento adecuado es el del jurado, en este caso se imputan además al sospechoso dos más contra la seguridad vial y un cuarto de omisión del deber de socorro, por lo que considera el sumario como procedimiento adecuado. Esto supondrá que será el tribunal de la sección segunda de la Audiencia quien se encargue de juzgarlo.

Así fue la colisión

En relación al fatal accidente, el magistrado Leonardo Álvarez hace una descripción detallada de cómo pudo desarrollarse. Explica, así, que el acusado circulaba por el carril izquierdo de la calzada por la N-525, en dirección Madrid, y que tras rebasar el puente Novísimo, realizó una maniobra para cambiar al carril derecho, por el que iba otro coche a velocidad más reducida. Intentando esquivarlo habría el acusado chocado por alcance contra la moto en la que iba la víctima, que se había incorporado desde la calle Basilio Álvarez. Tras el impacto entre coche y moto, esta última quedó atrapada por la llanta trasera contra el frontal del chasis del turismo, que la arrastró durante 16 metros. Luego la moto salió despedida e impactó contra la mediana. La inercia y la virulencia del golpe hicieron que aún se desplazara 42 metros más, quedando finalmente en el centro de la calzada. En todo ese trayecto la víctima se vio atrapada primero en los bajos del Audi A3 del acusado, cayendo finalmente al asfalto. Su propia moto pasó por encima de su cuerpo, quedando tendido el hombre a 74 metros del punto en el que se produjo el choque inicial. Los equipos sanitarios que se desplazaron al lugar poco más pudieron hacer por él que certificar su muerte.

El fallecido era vecino de la capital lusa, Lisboa, y tenía 37 años. Desde los hechos el acusado se encuentra en situación de prisión preventiva.