Multa de 10.000 euros a un hombre por «desentenderse» de sus obligaciones como padre

La Voz OURENSE

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Agostiño Iglesias

El hombre estuvo cinco años sin pagar la pensión alimenticia de su hijo y no acreditó que le fuera imposible hacer frente al pago

08 may 2019 . Actualizado a las 07:35 h.

«No se ha conseguido acreditar la imposibilidad absoluta de pago de la pensión alimenticia fijada judicialmente durante todo el período aquí enjuiciado». Es uno de los argumentos que recoge una sentencia en la que se condena a un hombre que estuvo durante años sin pagar la pensión alimenticia de su hijo, tras el divorcio. Se le considera responsable de un delito de abandono de familia y se le impone una multa de 1.080 euros, además de una responsabilidad civil de otros 8.850, por los cinco años -entre 2013 y 2018- que estuvo sin hacer frente a los pagos mensuales de 150 euros. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de Ourense, es susceptible de recurso.

«El total desentendimiento de sus obligaciones, pese a que sigue contando con ingresos derivados de su actividad económica, se evidencia también con el dado puesto de manifiesto en el acto de juicio, relativo a que también ha dejado de pagar la hipoteca que grava la vivienda que le fue adjudicada la vivienda», recoge la sentencia, en la que la magistrada lanza un claro reproche a la conducta del inculpado, Gabino Á. M., tildando de «grave» su comportamiento, «ya que no solo no asume las obligaciones económicas que tiene con su hijo, sino que coloca a su exmujer en serias dificultades económicas para poder afrontar ella el mantenimiento de su hijo». La propia denunciante explicó durante el juicio por este caso que es ella la que paga la hipoteca del piso, por lo que le ha pedido a su exmarido que se lo entregue, si bien el acusado «no acepta esta solución».

Así las cosas, y tras quedar probado que en todos estos años el acusado ha tenido siempre un trabajo, la magistrada lo considera culpable. Eso sí, pese a que el fiscal había pedido pena de prisión, al ser la primera condena se le opta por la pena de multa, imponiéndose la más baja para priorizar la responsabilidad civil. También tendrá que pagar las costas.