El Sergas pagará 200.000 euros por diagnosticar sordera a un niño que en realidad era autista

M. V. LA VOZ / OURENSE

OURENSE CIUDAD

Agostiño Iglesias

El Tribunal Superior de Xustiza admite el recurso de los padres y eleva la indemnización que había concedido un juzgado ourensano

22 mar 2019 . Actualizado a las 19:23 h.

El TSXG ha condenado al Sergas a indemnizar con 200.000 euros a un menor que en el año 2002, cuando tenía dos años y medio, fue diagnosticado de «una sordera total e incurable» cuando, en realidad, era autista. Los magistrados estiman en parte el recurso de apelación interpuesto por el padre del menor contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Ourense en julio del año pasado, que había fijado la indemnización en 150.000 euros.

«Nos encontramos ante un claro supuesto de error de diagnóstico provocado por una equivocada interpretación de los resultados de la prueba de potenciales evocados auditivos en su día practicada. En definitiva, no se descartaron, como era obligado, otras patologías mediante pruebas complementarias de tipo psicológico, neurológico o audiométrico», subraya el tribunal. La resolución recoge que basándose en informes médicos privados y «sin agotar los medios de diagnóstico y en la creencia de que los emitidos privadamente eran acertados», el Sergas decidió colocar un implante en uno de los oídos del pequeño.

Al menor se le practicaron dos intervenciones, en diciembre de 2004 y en febrero de 2005, en el Complexo Hospitalario de Vigo, efectuándosele el vaciado de uno de los oídos para, posteriormente, colocarle el implante colclear. 

El niño nunca se adaptó y padeció «un manifiesto sufrimiento», recogía el primer fallo, hasta que a finales de 2006 una profesora comenzó a sospechar que no era sordo, ante lo que el Sergas decidió remitir al niño a un centro especializado de Barcelona. Allí determinaron que el niño no era sordo, sino autista. «No se discute ni la diligencia en el tiempo de la asistencia ni la tecnología aplicada; lo que está en valor es el manifiesto error de diagnóstico respecto de la dolencia que presentaba el menor», argumenta el TSXG, al tiempo que destaca que el hecho de que la sintomatología inicial hiciese dudar entre una y otra posibilidad «no puede justificar el grave error cometido del que derivaron tan graves consecuencias para el afectado».

La sentencia, contra la que cabe recurrir ante el Tribunal Supremo, establece también que el Sergas haga frente a las costas procesales del recurso.