Cinco años de prisión por disparar a dos personas e irse, pudiendo matarlas

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

MIGUEL VILLAR

El tiroteo del CHUO de mayo del 2016 se cierra con tres condenas y tres absoluciones

22 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Eran graves y profundas las diferencias entre dos clanes gitanos en la primavera del 2016. Tanto que una noche se desplazaron desde Maside a Ourense tres de los integrantes de un grupo para disparar contra dos de la otra familia. No llegó a haber muertes, dice la Audiencia Provincial en su sentencia sobre el incidente, «porque los acusados decidieron libremente poner fin a su acción y no agotarla pudiendo hacerlo». Decidieron «no culminar la agresión», que, «dada la idoneidad de medios empleados hubiera determinado un desenlace mortal». Solo sufrieron lesiones leves los destinatarios de los disparos con las tres escopetas que llevaban en el coche los ahora condenados. Los otros tres imputados, que llegaron al lugar más tarde, han sido exculpados. Antonio G. M. y sus hijos Daniel y Moisés, comparten la misma condena: dos años de prisión por cada uno de los dos delitos de lesiones agravadas; seis meses por tenencia ilícita de armas y seis meses más por desórdenes públicos.

Una relación afectiva de pareja, que una de las partes desaprobaba, había sido la causa del distanciamiento. Tan grave era la crisis que poco antes de la medianoche del 15 de mayo del 2016, Antonio, Daniel y Moisés, acudieron armados al CHUO. Allí estaban dos miembros del otro clan. Les dispararon once veces. Las heridas fueron leves.

La tensión era grande entonces, pero dos años y cuatro meses después, cuando comparecieron en la Audiencia los destinatarios de la agresión, el panorama era distinto. Las antes evidentes «malas relaciones» se habían tornado en «buenas y cordiales, al haberse solventado los problemas que los separaban», según dice la sentencia del caso.

Los magistrados creen que ocho testigos -incluido el vigilante de seguridad- faltaron a la verdad, por lo que quieren que se investigue si incurrieron en falso testimonio. No toman en consideración las declaraciones que trataban de derivar la responsabilidad única al cabeza de familia del grupo que inició la agresión. Las huellas de los disparos indican que no apuntaban al cielo. En cuanto al vigilante, la parte más aparatosa de su testimonio, que pintaba un escenario de disparos cruzados, fugas y tiros desde los coches de los acusados, también es desestimada por el tribunal, que concede más credibilidad a otros testigos circunstanciales. Los agresores, según la sentencia, disparaban mientras se dirigían a pie hacia la entrada del CHUO y «de repente cesaron los disparos y los acusados se marcharon».

La sala descarta, por otra parte, la agresión, acometimiento, resistencia, o intimidación al vigilante, cuyo testimonio, detalla la sentencia, «ha quedado absolutamente desacreditado».