Los pinchazos telefónicos por el crimen del cura de Vilanova permiten detectar otro delito

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Antonio Cortés

El hijo de uno de los sospechosos se delató al hablar con su pareja incumpliendo así una orden de alejamiento

20 oct 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Las intensas pesquisas de la Guardia Civil para aclarar el crimen del cura de Vilanova en marzo del 2015 no dieron fruto, en la medida en que los autores del homicidio siguen en libertad, sin que tampoco haya aparecido la Virxe do Cristal, pero de aquella investigación ha salido una sentencia por un asunto diferente. Toni F., hijo de uno de los sospechosos, ha sido condenado por incumplir una medida cautelar de alejamiento. La prueba estaba en los pinchazos telefónicos. Seis meses de prisión es la condena que le ha correspondido, según una resolución del Juzgado de lo Penal 1 de Ourense.

El quebrantamiento de una orden de alejamiento, si las dos partes están de acuerdo en despreciar la prohibición de hablar por teléfono o comunicarse por correo electrónico, es decir, mantener el contacto, queda impune en la mayoría de los casos. En este caso, sin embargo, al existir una investigación en marcha por un delito de homicidio, con sospechosos tan claros como para que se concediera autorización judicial para intervenir varios teléfonos, pudieron aflorar conversaciones que no deberían haberse producido. Es lo que ocurrió con Toni, quien, al menos el 6 de diciembre del 20165, mantuvo una conversación con su pareja, a pesar de que existía una orden judicial que se lo prohibía desde el 27 de noviembre anterior.

Alegó el acusado que mantenía entonces, pese a la orden de alejamiento, una relación «fluida». Durante la vigencia de la medida ella «lo llamaba sin parar» y juntos habían viajado y cenado en ocasiones. Quiso matizar en el juicio, a preguntas de su abogado, que en realidad era la mujer quien lo llamaba a él. Quiso el acusado justificar que algunas respuestas a la fiscalía las había hecho sin entender en realidad lo que decía, una excusa que no sirve al juez, para quien Toni «demostró tener un envidiable conocimiento de la gramática y el léxico del castellano».

Este caso se inició tras deducir testimonio el juzgado de Celanova al advertir la presunta ilegalidad, cuando la investigación dejó de ser secreta y no interfería en la investigación principal sobre el crimen.

La sentencia recoge cómo el acusado, a pesar de todo, admitió haber hablado con su pareja sobre otro procedimiento, en el que fue investigado su padre por el asesinato del cura de Vilanova, habiéndose visto los dos en el cuartel de la Guardia Civil.