Absuelto de injurias a un juez fallecido, porque las ofensas a un muerto ya no son delictivas

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

MIGUEL VILLAR

La sentencia del Juzgado de lo Penal 2 exculpa de responsabilidad penal al exsenador Agustín Vega

09 jun 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

«Las ofensas al honor de las personas fallecidas han dejado de ser delictivas». Por consiguiente, las alusiones que en abril del 2016 hizo el exsindicalista y expolítico Agustín Vega a un juez fallecido en el 2010, no pueden dar lugar a una condena por injurias y calumnias, según una sentencia del Juzgado de lo penal número 1 de Ourense. El fallo coincide con la tesis que mantuvo el abogado defensor del exsenador, que negaba legitimidad al ministerio fiscal, que inició este procedimiento por querella.

Agustín Vega hacía nuevamente referencia a que el juez «por las tardes suele estar bastante mojado» y también a que un caso concreto lo había arreglado poniéndose de acuerdo con otro magistrado. Por aquella intromisión en el honor del juez había sido Vega condenado a pagar ocho millones de las antiguas pesetas, según la sentencia dictada en 1994.

El juez dice que las injurias o calumnias son un delito privado, de acuerdo con la vigente Código Penal. Por eso, «fallecida una persona, se extinguen los derechos inherentes a su personalidad, entre los cuales, evidentemente, se encuentra el derecho al honor». Y en este caso, «no existiendo un bien jurídico que proteger», la respuesta es la absolución.

Tampoco aprecia la sentencia «intención de desacreditar y burlarse de la administración de justicia o menoscabar el honor de jueces y magistrados», según los hechos probados.