Condenan a cuatro cargos del bipartito por prorrogar contratos irregulares

Marta Vázquez Fernández
marta vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Álvaro Vaquero

Inhabilitados Francisco Rodríguez, Áurea Soto, Fernando Varela y Xosé Carballido

24 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

«A pesar de conocer la irregular situación de contratación de Elsa Eugenia Borbujo, Ana Bailón, José Antonio Padrón, Gerardo Cid y Luis Murias, mediante la modalidad de asistencias técnicas, procedieron a prorrogar dichos contratos». Así actuaron, según la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense, cuatro cargos del gobierno bipartito de la capital de As Burgas, a los que condena por un delito de prevaricación.

La jueza encuentra que tanto el exalcalde socialista, Francisco Rodríguez, como la exedila de la misma formación política, Áurea Soto, actuaron contraviniendo la legalidad, al igual que hicieron el exconcejal Fernando Varela, y el ex director general Xosé Carballido, ambos entonces del BNG. A todos ellos los considera responsables de un delito de prevaricación y les impone una condena de siete años de inhabilitación especial para cargo público, que comprende los cargos de alcalde y concejal, así como cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implica la participación en el gobierno municipal. La pena no afecta a su condición de funcionarios, a pesar de que el Ministerio Fiscal había solicitado que así fuese.

A juicio de la ponente, que ha redactado una razonada sentencia de 82 folios, cuatro de los seis cargos públicos que se sentaron en el banquillo de los acusados por este caso -en el que han quedado absueltos Iolanda Pérez Docampo y Xosé Somoza Medina, exedila y ex director general por el BNG- incurrieron en una conducta de «inobservancia de procedimiento legalmente exigible» ya que a pesar de conocer la situación irregular de las contrataciones de cinco profesionales -que también hacía notar el interventor municipal al presentar continuos reparos sobre sus facturas- las prorrogaron durante varios años.

De acuerdo con la sentencia, la relación de los cinco trabajadores con el Concello de Ourense se inició como una asistencia técnica, es decir, un contrato menor o de servicio por un importe inferior a 18.000 euros. Esas relaciones laborales, que la jueza considera «contratos a dedo», según la ley debían tener una duración máxima de un año, pero se prorrogaron desde el 2008 hasta el 2013, cuando el sucesor de Rodríguez en la alcaldía, el también socialista Agustín Fernández, ordenó poner fin a esta irregularidad. Entonces, los cinco afectados acudieron al juzgado de lo social, que les reconoció su condición de personal laboral indefinido, lo que obligó al Ayuntamiento a readmitirlos.

Precisamente, del riesgo de que esto último se produjera alertaban, entre otras cosas, los reparos que presentó el interventor en numerosas ocasiones a las facturas de los trabajadores. Y así lo recuerda la jueza, que es especialmente severa al valorar la conducta que mantuvo el exalcalde socialista Francisco Rodríguez, quien entre febrero del 2011 y septiembre del 2012 llegó a dictar 24 decretos levantando los reparos. «Lo que no se concibe es que el máximo responsable de una corporación local esté recibiendo continuas advertencias acerca de la ilegalidad de la contratación de una serie de profesionales, poniendo de manifiesto que hay un serio riesgo de que acabe reconociéndose la relación laboral, y que no adopte ninguna medida para buscar alguna solución, limitándose a levantar los reparos sin más», recoge el fallo, que califica de «absoluta pasividad» la conducta de Rodríguez a la hora de afrontar el problema.

No había argumentos legales

Además, asegura que los informes de los responsables de área, que solicitaban que se mantuviesen los contratos, no ofrecían «contraargumentación jurídica razonable» por lo que afirma que el exalcalde «quiso por encima de todo mantener esa actuación contra derecho».

Ve también la magistrada responsabilidad penal en Xosé Carballido, director general de Rehabilitación Urbana, y Fernando Varela, edil de Vivienda Pública, porque «eran conocedores de la ilegalidad de la decisión adoptada, por advertirlo claramente el interventor, pese a lo cual optaron por hacer efectiva su voluntad particular». Sostiene que actuaron contra derecho autorizando la prórroga de los contratos.

En cuanto a Áurea Soto, edila del área de Urbanismo, la jueza recuerda que uno de los contratos, del año 2010, se hizo durante su mandato. Sobre él también llegaron reparos del interventor, que no se tuvieron en cuenta, ya que también se fue prorrogando. «Siendo la máxima responsable del área en la que se produjo esa contratación, tendría que haber sido ella la que hubiese puesto fin de manera inmediata a la situación ilegal que se estaba produciendo», reprocha la jueza.

Contratos menores que escondían la necesidad de suplir la falta de personal en Urbanismo

Tiene claro la jueza que lo que se trató de maquillar con la forma de contrato menor era en realidad un intento de «tratar de suplir la falta de personal, mediante la contratación de profesionales que iban a prestar sus servicios de modo continuado, en régimen de jornada completa». Recuerda, sobre esto, que a los cinco se les recortó el sueldo un 5 % cuando se acordó esta medida para los funcionarios de la administración. Los propios trabajadores lo reconocieron en el juicio, asegurando que hacían el horario del resto de sus compañeros o que trabajaban en las oficinas del ayuntamiento.

Todas las contrataciones se realizaron en el área de rehabilitación, si bien los trabajadores pasaron después a prestar servicios para el área de urbanismo. En ambos departamentos había, al parecer, necesidad de personal, lo que hizo que los acusados consintiesen en recurrir a esta fórmula, según la sentencia. «Si se escuchan las declaraciones prestadas en juicio por los acusados, podrá apreciarse que en realidad eran plenamente conscientes de que estaban contraviniendo la normativa reguladora de los contratos menores, solo que, a su juicio, por encima de todo había que mantener la prestación del servicio», recoge la sentencia, en la que se asegura que debieron buscarse fórmulas adecuadas a la legalidad para solucionar la falta de trabajadores municipales.

Recursos en ciernes

La sentencia no tardó en suscitar valoraciones por parte de los acusados que han sido condenados por este asunto, originado en una denuncia del año 2013. Iago Tabarés, encargado de la defensa de Xosé Carballido, calificó la sentencia de «formal e materialmente inxusta» y anunció un más que probable recurso.