Absuelto de intentar quemar la casa de su ex y condenado por malos tratos

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

MIGUEL VILLAR

La Audiencia no halla pruebas de que accediera a la vivienda con las llaves de una de sus hijas

01 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Ni una duda han mostrado los magistrados de la Audiencia de Ourense a la hora de dar credibilidad a la acusación de malos tratos y la situación de violencia que sufrió una vecina de la ciudad durante los veintiún años de convivencia con su pareja, Luis G. G., de 49 años. Ha sido condenado a dos años de prisión por el delito de malos tratos. La sala, sin embargo, lo absuelve de la imputación más grave, por los delitos de allanamiento de morada en concurso con incendio. La fiscalía le atribuía haber intentado quemar la vivienda de la mujer, semanas después de que ella abandonara la residencia familiar tras una fuerte discusión entre ambos a causa de un perro.

Juzgado ayer por incumplir órdenes de alejamientos

A raíz del incendio, a Luis le habían impuesto una orden de alejamiento. Supuestamente, la in cumplió. La fiscalía, de hecho, pidió ayer penas de un año de prisión por haber enviado al teléfono de la mujer una foto el día 17 de noviembre del 2016. Y un año más de prisión por haberse acercado a menos de quinientos metros de ella entre diciembre del 2016 y enero del 2017.

Los magistrados consideran que el acusado humilló y sometió a maltrato físico y psíquico a la mujer, con insultos y reacciones como la de señalar hacia el cementerio para indicarle que «ahí es donde vas a ir». Tanto la denunciante como sus dos hijas menores vivían en un «clima de miedo hacia el procesado, que era un hombre violento».

El punto definitivo se tensión se produjo el 21 de enero del 2016. Ese día abandonó la vivienda la mujer. Se fue a otra casa. Y fue en esta última en la que se produjo un incendio el día 2 de marzo. Entre las ocho y cuarto y las nueve de la mañana se produjo un incendio. En cinco puntos diferentes de la vivienda alguien colocó una sustancia oleaginosa y prendió fuego. Fue necesario que intervinieran los bomberos y se ocasionaron daños por importe de 32.500 euros, de los que se hizo cargo en parte la aseguradora del inmueble. La sala no ha encontrado prueba suficiente para acreditar que fuera el acusado autor de ese fuego. La acusación sostenía que había accedido al piso con las llaves de una de sus hijas, que le había quitado de su mochila al haberla olvidado en el coche del acusado.

Valora la sentencia, particularmente, los testimonios que sitúan al acusado en Cortegada, en una franja horaria «que haría difícil que aquel hubiera dispuesto de tiempo suficiente» para desplazarse y regresar, teniendo en cuenta que son más de cuarenta kilómetros y son precisos entre 35 y cuarenta minutos, como detalla la resolución.

La condena incluye cinco años de alejamiento de la mujer y de las dos hijas de la pareja.