Una sentencia obliga a devolver los gastos de hipoteca aparte de anular la cláusula suelo

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La resolución del juzgado de lo mercantil de Ourense censura la falta de información clara a los usuarios

30 nov 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

No solo deberá el Banco Pastor recalcular y rehacer el cuadro de amortización de un préstamo hipotecario suscrito en el año 2008, con el fin de que los particulares recuperen parte de sus pagos, penalizados por la inclusión de una cláusula suelo, sino que también ha de devolver 908,38 euros correspondientes a los gastos de tasación, registro, notaría y gestoría.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense responde a una demanda dirigida por la abogada Belén Polo. La jueza encuentra determinante la falta de transparencia de la cláusula suelo, situada entre una abrumadora cantidad de datos, dentro de los cuales quedaba enmascarada y diluía la atención del consumidor. La lectura notarial, dice la sentencia, «no suple el deber de información que recae sobre la entidad financiera y que se refiere al proceso de comercialización previo, no al otorgamiento de la escritura». La mera claridad gramatical o formal de la cláusula no colma las exigencias de transparencia, como sostiene la jueza.

La sentencia indica que la ausencia de información clara impidió a los prestatarios hacerse idea cabal de su significado y trascendencia, particularmente del real reparto de riesgos en la variabilidad del tipo de interés.