La Audiencia descarta citar al exalcalde Veiga Pombo en un caso que afecta a Cabezas y ediles del PP

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Santi M. Amil

La causa se inició por denuncia de Áurea Soto por haber dejado los populares de cobrar a los constructores el 10 % de cesiones urbanísticas hasta el año 2003

27 may 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El exalcalde socialista Manuel Veiga Pombo, que en el año 1995 se retiró totalmente de la vida política, no tendrá que declarar en la causa judicial que se sigue para depurar eventuales responsabilidades personales durante el mandato del popular Manuel Cabezas por un aspecto concreto de la gestión en urbanismo entre los años 1997 y 2003. El exregidor popular, junto con sus concejales de urbanismo Ricardo Campo Labrador y Julio Díaz Salcedo, figuran como investigados en unas diligencias abiertas por iniciativa de la exconcejala socialista Áurea Soto, que denunció la pérdida de ingresos por el Concello de Ourense al haber consentido el gobierno municipal que los empresarios no pagaran el 10 % del valor de diferentes promociones urbanísticas.

Al haberse amparado Cabezas y sus concejales en que su proceder se sustentaba en informes del secretario general del Concello y en un acuerdo plenario anterior de diciembre de 1994, el fiscal decidió reclamar la presencia del antecesor de Cabezas, el socialista Manuel Veiga Pombo. Negó la citación la jueza que instruye la causa, el fiscal apeló a la Audiencia Provincial y la sala, en un auto con fecha del 12 de mayo, desestima la petición del ministerio público. Al volver sobre una decisión anterior sobre los delitos de malversación de fondos y prevaricación, que Áurea Soto atribuía a los antiguos cargos municipales del PP, la sala advierte que las circunstancias son diferentes en lo que atañe a Veiga Pombo. «En ningún caso sería dable imputar un delito de malversación a quien ya no era alcalde en el período comprendido entre los años 1999 y 2002».

Advierte la Audiencia, por otra parte, que al fiscalizar las cuentas de urbanismo llegó el Tribunal de Cuentas a la conclusión de que «no se puede sostener» el acuerdo de 1994 una vez que entró en vigor la ley del suelo de Galicia en 1997. Y cuando se promulga esa ley tampoco Veiga Pombo era alcalde, indica el mismo auto.

Con esta decisión, después de que el pasado mes de febrero hubiera declarado en León el exsecretario, Mariano Rodríguez, que atribuyó toda la responsabilidad a Manuel Cabezas, queda ahora a la jueza decidir si el caso sigue adelante para ir a juicio, o lo sobresee.

Este asunto lo había archivado el titular del Juzgado de Instrucción 1, quien, al ser denunciado por Áurea Soto, se apartó del caso, que siguió adelante por decisión de la Audiencia.