Marcando tendencia en el Tribunal Supremo

p. seoane OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

José Luis Carnicero, María Jesús Cid y Rut González han visto reconocida sus tesis de defensa.
José Luis Carnicero, María Jesús Cid y Rut González han visto reconocida sus tesis de defensa. miguel villar

Abogados de Ourense logran que una sentencia proclame el derecho a la inviolabilidad del domicilio ante una «intromisión virtual» con prismáticos o drones no tripulados

15 may 2016 . Actualizado a las 18:52 h.

Lograr que el Tribunal Supremo atienda un recurso de casación siempre es un éxito para el abogado que lo plantea. Pero conseguirlo en situaciones poco o nada exploradas, es decir, sin una jurisprudencia previa rotunda, eleva el nivel de mérito. Cuando María Jesús Cid, Rut González y José Luis Carnicero se sentaron para buscar un mínimo de coordinación, antes de formalizar los recursos contra una sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a sus clientes por tráfico de drogas, tuvieron claro que había un argumento que estaba por encima de todos. Se había vulnerado el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio. Los policías no echaron abajo sin permiso la puerta de entrada, pero habían invadido la intimidad de la vivienda a través de una ventana utilizando unos prismáticos. Que se hubieran localizado 964 gramos de hachís y 390 de cocaína no justificaba la intromisión sin autorización judicial previa. Caso cerrado. Y sentencia absolutoria.

Habían llegado tarde al caso los letrados que lo han desarmado. Rut González asumió la defensa de uno de los detenidos cuando llevaba catorce meses en prisión preventiva. Tanto ella como Chus, su compañera de RC Abogados, lo tuvieron claro desde el inicio. Invocaron la inviolabilidad del domicilio durante la instrucción y ante la Audiencia. Sin éxito. ¿Dudas? «Nunca las tuvimos. Puede sonar raro, pero en todo momento supimos que teníamos razón, que el error de apreciación estaba en el otro lado. Solo necesitábamos que nos escucharan. Ha salido bien y estamos encantados», dice Rut.

Alguna explicación han tenido que dar, sin embargo. Siempre habrá quien reproche una actuación, profesionalmente brillante, que deja en la calle a dos personas que, como en este caso, fueron sorprendidas con droga. «Todo el mundo tiene derecho a un procedimiento con todas las garantías. Si no, esto sería la ley de la selva», advierte José Luis Carnicero, a quien este debate, con más de cuarenta años de ejercicio, no le quita el sueño.

Prismáticos

En el caso práctico que se juzgaba, los policías habían aprovechado una posición elevada desde un edificio próximo para vigilar, por medio de prismáticos, lo que se hacía en el interior. La observación, decía la sentencia dictada en Ourense, «del interior de la morada se produce a través de aquello que los moradores han permitido ver a través de las ventanas». Es decir, sin cortinas ni persianas bajadas, cualquiera puede mirar.

El Supremo, sin embargo, considera que la tutela constitucional del derecho a la inviolabilidad del domicilio «protege tanto frente a la irrupción inconsentida del intruso en el escenario doméstico, como respecto de la observación clandestina de lo que sucede en el interior, si para ello es preciso valerse de un artilugio técnico de grabación o aproximación de imágenes». Es lo que con vehemencia defendían Rut, María Jesús y José Luis. Y es lo que finalmente ha considerado el alto tribunal para absolver.

Con un matiz, según la sentencia. «La simple toma de fotografías, sin valerse de objetivos de amplia distancia focal, no tiñe de ilicitud el acto de injerencia».

Para las abogadas, un enfoque diferente permite valorar el alcance de la controversia. A una persona que se mueva desnuda en el interior de su propia casa y en un piso noveno y no precisamente a ras de calle, con la ventana cerrada, la persiana levantada y sin cortinas que impidan la observación desde el exterior, ¿se la puede acusar de exhibicionismo? «Evidentemente, no. Pues en sentido inverso es lo mismo, tampoco se puede violar el acceso a la vivienda», afirma Rut.

La sentencia del Supremo ha dejado abierto, por otra parte, el camino al control de la «intromisión virtual». La revolución tecnológica y los sofisticados instrumentos de intrusión, con el eventual empleo de drones no tripulados, con una casi ilimitada capacidad de intromisión, es, como ya apunta el Supremo, uno de los múltiples ejemplos imaginables. Es un nueva senda.

Felicitaciones

¿Reacciones entre los compañeros? El caso ha tenido un gran impacto en ámbitos profesionales, pero no todo el mundo sabe quiénes son los autores intelectuales del asunto. «¿Felicitaciones? Bastantes. A mí me agradó, por ejemplo, que lo hubiera hecho un compañero que había estado antes en el caso, llevando la defensa de nuestro cliente, a la que llegamos nosotros cuando llevaba más de un año en prisión», indica María Jesús Cid.

Todos son conscientes de que ganar es difícil, pero marcar tendencia lo es mucho más.