Un delito fiscal aproxima a la cárcel al expresidente de Ucosa

p. seoane OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Sánchez Ruido, a la derecha, durante el primer juicio celebrado en la Audiencia en el 2013.
Sánchez Ruido, a la derecha, durante el primer juicio celebrado en la Audiencia en el 2013. santi M. amil< / span>

Una condena de la Audiencia eleva a tres años y medio sus penas de prisión

14 nov 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Óscar Sánchez Ruido, el expresidente de Ucosa, la sociedad que había promovido la construcción del centro comercial Ponte Vella, acumula desde ayer condenas que suman tres años y medio de prisión. Y aunque la última -de año y medio- no es firme y con toda probabilidad será recurrida en casación al Tribunal Supremo, con lo cual se retrasa su ejecución, la perspectiva del ingreso efectivo en la cárcel ronda la figura de este empresario, que ahora suma dos delitos de carácter fiscal a los de apropiación indebida y falsedad por los que en noviembre del 2014 ya había sido condenado por la Audiencia Provincial de Ourense.

El llamado caso Ucosa, que arrancó en el año 2003 a partir de las diferencias internas entre los socios de aquella firma por la forma en que se había gestionado la construcción del centro comercial, dio lugar en noviembre del 2014 a una sentencia en la que se condenó a Sánchez Ruido -y a otras dos personas, Guillermo Alvarellos y Jesús Parente, como cooperadores necesarios- por un concurso de delitos de apropiación indebida y falsedad. Pese a aplicar la sala la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, por el más que evidente retraso a la hora de resolver, le impuso dos años de prisión y el pago de 86,9 millones de las antiguas pesetas (523.000 euros) como indemnización a la sociedad de la que había sido presidente. El castigo para los cooperadores quedaba reducido a un año y 188.700 pesetas de indemnización a cada uno de ellos.

Ajustarse a la ley

Absueltos inicialmente del delito contra la Hacienda Pública por el que también acusaba el fiscal, el caso llegó al Supremo y el alto tribunal ordenó que un nuevo pronunciamiento sobre ese único delito «con racionalidad y ajuste a la ley». Se celebró la vista por ese único apartado de la causa y la sentencia, dictada ayer, condena a Sánchez Ruido a un año y seis meses de prisión, multa de 800.000 euros y pago a la Hacienda Pública de 177.679 y 427.671 euros en concepto de responsabilidad civil.

El empresario, como ahora detalla la Audiencia Provincial, facilitó a la empresa que gestionaba el aspecto tributario de Ucosa, incorporó facturas por «conceptos que no respondían a la realidad y que habían sido absolutamente simulados». En la relación del Impuesto de Sociedades del 2001 «se contabilizó como gasto deducible las sumas correspondientes a las facturas simuladas, de modo tal que se dejó de ingresar al erario público la suma de 427.671 euros, y en relación a IVA correspondiente al período impositivo del 2011 se dedujo el mismo, faltando a la verdad en la correspondiente liquidación, dejando así de ingresar una cuota de 177.679 euros».

Entre facturas falsas y «operaciones necesarias en el ámbito urbanístico» como justificación

El llamado caso Ucosa llegó a los juzgados en el mes de septiembre del 2003. Lo denunciaron los socios minoritarios. El empresario, ex alcalde y ex senador Jorge Bermello Fernández fue entonces una de las voces más críticas con la gestión de los directivos. Se sentían engañados. Las cuentas no les resultaban nada convincentes. Con posterioridad, el ministerio fiscal presentó también la correspondiente querella.

En las cuentas se incorporaron gastos que no se habían realizado, al incorporarse facturas falsas a nombre de empresas inexistentes o que llevaban años sin actividad. Los contratos de Ucosa con Superco y Dragados incluían todo tipo de obras. Sánchez Ruido, como dijo la Audiencia en la sentencia que lo condenó por apropiación, «diseñó un plan para obtener un numerario en perjuicio de la entidad Ucosa».

Los pagos dudosos

Muy llamativo había resultado en su momento la redacción de una de las actas del actas del consejo de administración de Ucosa, tras ser detectados los pagos correspondientes a facturas falsas (entonces solo dudosos). Se incluía en el texto una referencia a pagos por «operaciones necesarias en el ámbito urbanístico». La peculiar fórmula parecía ocultar el pago de alguna comisión, pero nadie siguió este camino.

Aunque en un primer momento la acusación se dirigía no solo contra el presidente de la sociedad -que «ostentaba un poder absoluto, sin control de los órganos societarios», según la Audiencia Provincial de Ourense- sino contra otros consejeros, las responsabilidades penales se han quedado en Sánchez Ruido por todos los delitos.

Los dos implicados, Guillermo Alvarellos y Jesús Parente, fueron condenados en diciembre del 2013 por cooperadores en el proceso de apropiación indebida y falsedad, al haber aportado facturas por obras no realizadas.

Con la sentencia que ayer dio a conocer la Audiencia de Ourense, el desenlace del caso Ucosa se ve más próximo. La resolución no es firme, por lo que es más que probable que sea recurrida y llegue el asunto al Tribunal Supremo, precisamente el mismo órgano que ordenó a la Audiencia revisar el caso y anuló la exculpación inicial por delito fiscal.

Una vez que las sentencias sean firmes habrá llegado el momento de concretar el modo en que se ejecuta la sentencia, cómo se afronta la responsabilidad civil y la pena de prisión.

Los criterios del Tribunal Supremo

La sentencia de la Audiencia sigue la línea marcada por el Tribunal Supremo al revisar la anterior resolución. El acusado, decía el alto tribunal, «con intención de apropiarse de un dinero de Ucosa, contribuyó a confeccionar las facturas falsas, que acreditaban obras y trabajos de acondicionamiento que no se habían realizado y para dar apariencia de realidad a la situación simulada, los incorporó a la contabilidad de Ucosa y a las declaraciones fiscales de Sociedades e IVA».