La funcionaria de prisiones de O Pereiro que tuvo una relación con un preso se expone a una sanción disciplinaria, pero será difícil que pierda su plaza

O PEREIRO DE AGUIAR

La cárcel ourensana de O Pereiro de Aguiar, en imagen de archivo
La cárcel ourensana de O Pereiro de Aguiar, en imagen de archivo MIGUEL VILLAR

El juzgado de instrucción debe dilucidar si la conducta de la empleada encaja en algún tipo penal

22 sep 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

La funcionaria de prisiones que ha sido suspendida por mantener relaciones con un preso del centro penitenciario de O Pereiro de Aguiar (Ourense) podría exponerse a una sanción disciplinaria sin empleo ni sueldo durante un tiempo. Según explican fuentes sindicales consultadas, se decidirá en función de la gravedad que se estipule en el procedimiento administrativo que se le abrió, si finalmente es sancionada porque se demuestra que mantuvo una relación afectiva que le impide desempeñar su puesto. Más complicado sería que perdiese su plaza de funcionaria por este motivo, ya que este castigo requiere una condena firme con inhabilitación.

Lo primero que tendrá que dilucidarse en el juzgado de instrucción es si la conducta de la empleada pública encaja en algún tipo penal. Existe un artículo del Código Penal dirigido precisamente a castigar «al funcionario de Instituciones Penitenciarias o de centros de protección o corrección de menores que solicitara sexualmente a una persona sujeta a su guarda». La pena puede ser de uno a cuatro años de prisión y de seis a doce de inhabilitación. Pero en este caso, por lo que ha trascendido, no hubo ningún intercambio por el que el recluso administrado se haya beneficiado de la situación, y tampoco una utilización de su puesto por parte de la funcionaria para obtener un favor del interno. Parece que la relación que mantuvieron era de mutuo acuerdo, aunque inapropiada por el lugar y circunstancias en que se produjo. Incluso el preso ha salido perjudicado por ahora, pues tras conocerse lo ocurrido ha sido trasladado a otra cárcel más alejada de su familia.

El caso saltó a la luz pública por un escrito anónimo. Una de las cuestiones a las que aludía ese texto era que la mujer tendría que haber sido alejada del puesto de vigilancia interior porque, según se afirma en dicho escrito, «todos los funcionarios veían venir lo ocurrido». Fuentes penitenciarias lo niegan y afirman que no se tuvo conocimiento de esa conducta inapropiada hasta pocos días antes de que se iniciara el procedimiento, con entrevistas a la trabajadora y al interno, y una investigación documentada que incluía la visualización de cámaras del módulo en el que ambos se encontraban. Después se redactó un informe, remitido a la inspección penitenciaria y al juzgado, comunicando lo ocurrido. Los supuestos «acercamientos a los internos» y en particular a este con el que se la veía «todos los días desde hace cinco meses», que se apuntan en el escrito, no fueron notificados ni comunicados, dicen, a los superiores.

La empleada, sostienen las mismas fuentes, tenía derecho a trabajar en el servicio de interior. Llegó al penal ourensano en el 2017 para una comisión de servicios, aunque tenía plaza en propiedad en otra prisión, a causa de su situación como víctima de un caso muy grave de violencia machista. Estuvo en comunicaciones, y luego solicitó el puesto en interior que le correspondía. Según los críticos anónimos, no debería haber pasado a vigilancia por «antecedentes» de otro «encuentro» con otro preso porque pondría «en situaciones comprometidas a sus compañeros». Sin embargo, sindicatos y otras fuentes apuntan a que esos supuestos precedentes son rumores o fueron en otro centro; afirman que con ese escrito quienes están detrás quieren atacar a la dirección por otros motivos aprovechando la debilidad de la funcionaria.