El juez ve acertado que negaran días libres a un guardia civil por necesidades de servicio

La Voz OURENSE / LA VOZ

O CARBALLIÑO

Santi M. Amil

EL agente defendió en el juzgado que se hubiera podido cubrir el puesto con agentes destinados en Ourense

04 oct 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Las necesidades de servicio pesan en la Guardia Civil más que el derecho a disfrutar de días de permiso por asuntos propios. Había acudido al juzgado de lo contencioso un agente del puesto de O Carballiño, a quien su teniente le había denegado permisos para los días 11 y 17 de noviembre pasado.

La ausencia del agente, reconoce el juez en la sentencia, de acuerdo con la tesis defendida por la Abogacía del Estado, ocasionaría que una patrulla de servicio no podría operar, por quedarse con un único agente. Para cubrir la eventual ausencia del guardia que pedía esos dos días habría que anular el tiempo de descanso de otro compañero, o variar la planificación de otros agentes. Nombrar como mínimo una patrulla en el núcleo operativo de O Carballiño, razonaban los mandos de la Guardia Civil, es «crucial». No está prevista ninguna otra y para el supuesto de que se anulara se produciría un deterioro en la atención al ciudadano de esa comarca.

El teniente había explicado durante la vista que no era posible reforzar la patrulla con personal de otro destacamento. Se hacía en ocasiones, admitió, pero solo cuando se trataba de circunstancias inesperadas y extraordinarias y no, como recoge la sentencia, con carácter ordinario para cubrir este tipo de permisos personales de un núcleo operativo diferente.

El afectado había acudido al contencioso al no prosperar su reclamación interna.

Los días de permisos particulares podrán ser distribuidos a conveniencia del interesado, pero respetando siempre las necesidades del servicio y el número máximo de miembros del cuerpo que puede disfrutar vacaciones de forma simultánea. Los problemas para los días de asuntos propios se suscitan siempre en los últimos meses de cada año.