Condenan por estafa continuada a los dueños de una antigua constructora de O Carballiño

La Voz OURENSE / LA VOZ

O CARBALLIÑO

Álvaro Vaquero

Los empresarios hipotecaron viviendas que habían vendido

10 nov 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Ourense ha condenado a los dueños de la empresa Construcciones Otero por un delito de estafa continuada a una pena de dos años de prisión y a indemnizar a los afectados con las cantidades abonadas en su día por la compra de pisos o por las propiedades a entregar en base a un acuerdo de permuta con uno de los perjudicados. Además deben hacer frente a los gastos, y los intereses, derivados de la hipoteca con la que gravaron las viviendas que ya habían vendido, a una indemnización a las personas a las que causaron el perjuicio y a pagar las costas del proceso, incluyendo las de la acusación particular. Los condenados son los hermanos José Antonio y Rafael Otero Cerdeira. Al inicio del proceso figuraba también como denunciado Adolfo Otero Cerdeira, aunque su fallecimiento en el año 2015 motivó que se dictase auto de sobreseimiento con respecto a él con fecha 17 de marzo del 2016.

Los hechos sobre los que ahora se emite la sentencia se remontan al año 2003. En mayo los hermanos Otero Cerdeira vendieron en contrato privado dos «viviendas con sus anexos» al matrimonio formado por Ramón Sanmartín González y María España Fernández Bernárdez en un edificio que iba a levantar Construcciones Otero en el número 21 de la calle Evaristo Vaamonde. Abonaron 173.313 euros. También en contrato privado vendieron a Hervigio Rodríguez Domínguez y a su esposa Amparo Lameiro Cortizo una vivienda en la misma promoción, por la que pagaron 90.116 euros. Los hermanos Otero firmaron un contrato de permuta, en noviembre del mismo año, con María Salomé Otero Cerdeira y Agustín Godás Rodríguez por el cual el matrimonio cedía un solar con vivienda en la esquina formada por las calles Evaristo Vaamonde y Avenida 25 de Xullo a cambio de una vivienda con sus correspondientes anexos en la misma promoción que los anteriores. A María González Rodríguez y José Benito Herrera Rodríguez les vendieron un piso en construcción en el número 19 de la calle Eusebio Lorenzo, entregando los compradores 72.000 euros.

Con posterioridad los compradores se encontraron con que sus viviendas habían sido hipotecadas por los empresarios -al ser vendidas en escritura privada figuraban los hermanos Otero Cedeira como propietarios legales de las mismas- y entonces decidieron emprender las correspondientes acciones legales.

Atenuante por dilación indebida

El juez condena a los hermanos José Antonio y Rafael Otero Cerdeira -la empresa desapareció hace años- a abonar a los afectados o a sus herederos el dinero que le pagaron en su momento, el que gastaron en hacer frente al pago de algunas de las cuotas de las hipotecas y el referido a la cancelación de las mismas y los intereses correspondientes. A Agustín Godás Otero se le resarcirá con 78.131 euros, más intereses, por la propiedad que se le debía entregar en base a la permuta. Se fijan 5.000 euros por daño moral y se imponen las costas a los empresarios. La sentencia reconoce «circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas -el proceso duró ocho años- y analógica de reparación del daño causado» y contra la misma se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia.